Aquellas personas que buscan la nacionalidad española a través de la Ley de Memoria Democrática, conocida también como Ley de Nietos, podrán pedir la cita por correo y sin necesidad de presentar credenciales.

De acuerdo a Directorio Cubano dicha ley entró en vigencia en octubre de 2022 y le da la oportunidad a los descendientes de ciudadanos españoles de obtener la nacionalidad de dicho país europeo.

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Estados Unidos, que es un país donde hay muchos descendientes de españoles, permite, gracias a esta nueva metodología, a los interesados reclamar formalmente su identidad y herencia española de una forma más simple.

La vigencia de la Ley de Nietos fue extendida para los residentes de Miami. Foto: Freepik

¿Cómo preparar el correo para solicitar la Ley de Nietos?

El consulado estableció requisitos estrictos para recibir las solicitudes, por esta razón, es importante seguir las siguientes recomendaciones para evitar rechazos:

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  • El formato del correo: en el asunto se debe escribir: “CITAS LMD”.
  • Cuerpo del correo: debe incluir el nombre completo, la fecha de nacimiento y el teléfono de contacto.
  • Documentación adjunta: los archivos deben estar en formato PDF (un solo documento de no más de 3 MB). Nada de archivos comprimidos ni fotos de documentos.
  • Confirmación de recepción: el solicitante debe recibir un correo automático en el que se confirmará que su solicitud fue recibida.
  • Los tiempos de espera pueden superar las 12 semanas. Al seguir estos pasos, el riesgo de rechazo puede reducir y la solicitud será procesada de manera correcta.

Casos en los que se puede solicitar la dispensa para hacer el examen de nacionalidad española

De acuerdo a Infocivitano, estas son las direcciones de email a las que se debe enviar la solicitud de cita para tramitar la ciudadanía española mediante la Ley de Nietos:

1. Aquellos nacidos fuera de España con padre, madre, abuelo o abuela originarios de España: cog.miami.lmd1@maec.es.

2. Hijos nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad al casarse con un extranjero antes de 1978: cog.miami.lmd2@maec.es.

3. Hijos mayores de edad de personas que tuvieron nacionalidad española por derecho de opción (incluida la Ley de Nietos): cog.miami.lmd3@maec.es,

4. Quienes optaron a la nacionalidad española no de origen mediante el artículo 21.1.b del Código Civil: cog.miami.lmd4@maec.es.

Es necesario que la persona que desee tramitar la solicitud escriba al correo adecuado para evitar retrasos o rechazos automáticos.

(I)

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