El 7 de febrero son las elecciones nacionales en las que se elegirá Presidente y Vicepresidente de la República y además se renovará a la Asamblea Nacional (Parlamento).

Estas elecciones se prevén atípicas porque ocurrirán en medio de una pandemia todavía existente a causa del coronavirus COVID-19.

Esto genera dudas y preocupación en los ciudadanos que temen contagiarse a causa de las aglomeraciones al momento de sufragar. Al respecto, el COE Nacional compartió el pasado 4 de enero el protocolo que se aplicará en la primera vuelta electoral en Ecuador.

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Entre las recomendaciones consta que el recinto electoral deberá estar despejado y en sus afueras no podrá existir el comercio formal ni informal.

Según un informe técnico emitido por el Ministerio de Salud, cada ciudadano requerirá, al menos, cuatro minutos para ejercer su voto bajo las medidas de bioseguridad, además se estableció que el uso de mascarillas por parte de los candidatos y simpatizantes es de uso obligatorio, también aplica para el uso de visores (dependiendo de la función), al igual que el lavado de manos. Sin embargo, es de carácter obligatorio retirarse la mascarilla para poder ser identificado antes de entrar a las urnas, pero ya no entregará la cédula de identidad a los miembros de la Junta Receptora del Voto (JRV).

Durante esos eventos se deberá mantener una distancia mínima de 2 metros entre cada persona y también deberán portar alcohol gel al 70%. Por ejemplo, los vocales estarán separados a un metro y medio o 2 metros, dependiendo del recinto electoral y el espacio donde se instalará cada JRV.

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El horario no es restrictivo, el ciudadano puede acudir a cualquier hora, dentro del horario establecido a ejercer su derecho al voto.

El límite de personas para caminatas y de vehículos para caravanas también ha sido contemplado en el protocolo del CNE. En ese sentido, se han establecido categorías para los distintos cantones del país. Por ejemplo, en ciudades con más de 100 000 electores, las caminatas podrán conformarse con un máximo de 200 personas; en las ciudades con 10 000 a 100 000 electores, máximo 150 personas; y las ciudades con menos de 10 000 electores, máximo 100 personas.

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Finalizado el proceso electoral, se procederá a la desinfección de los recintos electorales.

Si una persona contagiada de COVID-19 no se acerca a votar deberá tener una justificación documentada; es decir, debe contar con un certificado de un centro o subcentro del Ministerio de Salud Pública (MSP) o del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), e incluso un certificado de un médico privado, pero deberán presentarlo con el aval del Estado.

Recuerde que en Ecuador, la multa por no acudir a las urnas es de $40 y el certificado de votación es indispensable para varios trámites legales. (I)