La resolución del Consejo Nacional Electoral (CNE) con la que se eliminó al movimiento político Justicia Social, fue declarada nula.

El juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), Arturo Cabrera declaró nula la resolución del Consejo emitida el 16 de septiembre, con la que se acogió las recomendaciones de la Contraloría General del Estado, de extinguir a Justicia Social. Otras tres agrupaciones que experimentaron la misma decisión administrativa fueron Juntos Podemos, Libertad es Pueblo y Fuerza Compromiso Social (FCS), al hallarse anomalías en las firmas que presentaron para otorgarles personería jurídica.

"En el presente caso de análisis está claro que la administración electoral no brindó “igualdad de armas”, es decir equidad en el tratamiento, análisis y ponderación de los hechos fácticos y de la argumentación de descargo presentados por el recurrente, así como tampoco le hizo contar con el tiempo, los medios suficientes y su participación directa para contradecir la prueba presentada por la administración, lo que sin duda vicia el debido proceso al que tienen derecho las partes", argumentó Cabrera en su fallo, suscrito este 6 de octubre del 2020.

Publicidad

Agregó que "la ineficiente fundamentación de las resoluciones de la administración electoral para la contrastación de la prueba en el plazo específico estipulado por la misma, sumada a una injustificable premura en la presentación de informes y adopción de la resolución final, conduce a la no determinación ni justificación o comprobación de causas de nulidad que son el objetivo final del procedimiento administrativo de revisión y le coloca en condición de indefensión a la organización política recurrente".

Así, aceptó el recurso subjetivo contencioso electoral que planteó Jimmy Salazar, director nacional de Justicia Social, y declaró nulo lo actuado por los vocales electorales Diana Atamaint, José Cabrera y Esthela Cabrera, quienes votaron a favor de la decisión de eliminarlos del Registro Nacional de Organizaciones Políticas.

Esta resolución aún puede ser apelada por el CNE, y la última decisión estará en manos del pleno del Tribunal.

Publicidad

No obstante, a la par de estos recursos que se tramitan en el TCE, en la Corte Constitucional (CC) se sustancia una acción de dirimencia de competencias planteada por el contralor del Estado, Pablo Celi.

Esto porque el juez electoral Fernando Muñoz admitió a trámite un recurso subjetivo presentado por la presidenta de FCS, Vanessa Freire, en la que acusó a Celi de cometer una infracción electoral grave y pedía su destitución por "interferir" en el proceso electoral, en el marco de las elecciones nacionales del 2021, al recomendar la eliminación de su movimiento político.

Publicidad

Celi demanda la ejecución de las recomendaciones de los informes que realiza la entidad de control.