Los despidos de los trabajadores por la causal de fuerza mayor o caso fortuito estarán ligados al cese total o definitivo de la actividad económica del empleador, según lo aprobó la Asamblea Nacional, al tramitar el veto parcial del Ejecutivo a la Ley de Apoyo Humanitario.

Otro de los temas en los que la legislatura insistió tiene relación con la prohibición del incremento en las tarifas de los servicios básicos por un año, y además se prohíbe suspender el servicio por falta de pago incluyendo telecomunicaciones e internet.

La sesión del pleno se instaló a las 17:00 del 18 de junio y concluyó a las 00:50 del día siguiente, donde el legislador ponente de la comisión de Desarrollo Económico, Esteban Albornoz (AP), planteó la moción de allanamiento sobre 22 objeciones y la ratificación en diez artículos. Para el allanamiento obtuvo 69 votos más dos blancos; en tanto, que para la ratificación el registro subió a 116 voluntades.

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Con 116 votos, Asamblea aprueba Ley Humanitaria donde interpreta que el despido del trabajador por fuerza mayor se dará cuando haya cese total de las actividades del empleador. Prohíbe incremento de tarifas de servicios básicos por un año pic.twitter.com/Cx6zWG8z7S vía @vicenteopi

Uno de los temas vetados que más debate generó fue la disposición interpretativa al numeral 6 del artículo 169 del Código de Trabajo relacionada a la aplicación de la causal de fuerza mayor o caso fortuito para el caso de un despido de trabajador.

Todas las bancadas legislativas respaldaron la recomendación hecha por la Comisión legislativa para que el pleno no acepte la objeción presidencial en esta parte del proyecto de la Ley Humanitaria y defienda con su voto lo aprobado por el Parlamento.

Con lo aprobado por la Asamblea, la interpretación al numeral 6 del artículo 169, del Código del Trabajo, queda en el siguiente sentido: “En estos casos, la imposibilidad de realizar el trabajo por caso fortuito o fuerza mayor estará ligada al cese total y definitivo de la actividad económica del empleador, sea persona natural o jurídica. Esto quiere decir, que habrá imposibilidad cuando el trabajo no se pueda llevar a cabo tanto por los medios físicos habituales como por medios alternativos que permitan su ejecución, ni aún por medios telemáticos.”

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La dificultad que encontró la disposición interpretativa fue la forma de votación, pues en el debate, el PSC se mostró dividido mientras César Rohón anunció que su bloque se abstendrá en el veto; su coideario Henry Cucalón llamó a armar una gran convergencia legislativa para ratificarse en esta parte de la Ley, para frenar los abusos de los empleadores. En tanto, que Henry Kronfle también parte de esa bancada, propuso que para la votación se separe del proyecto esta objeción.

Homero Castanier, al anunciar que su bloque CREO se ratificará por la disposición interpretativa para defender los derechos de los trabajadores, invitó a tomar en cuenta a quienes no apoyarán. Su coideario, Luis Pachala, afirmó que el veto del Ejecutivo a la interpretativa no es la panacea, que el texto es confuso y lo que no quiere su bancada es dejar en la discrecionalidad respecto al trato del trabajador.

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Desde la bancada de la Revolución Ciudadana, Mónica Alemán, dijo que los derechos de los trabajadores no se negocian; y por ello, señaló que es necesario la ratificación en el texto sobre la interpretativa, y de esa forma proteger al trabajador.

Respecto a los allanamientos, la Asamblea acogió la propuesta del Ejecutivo respecto a una rebaja de hasta un 25% en las pensiones de los establecimientos educativos desde educación inicial hasta las universidades siempre que los representante s de los alumnos justifiquen que perdieron su empleo o disminuyeron sus ingresos.

Aprobado esta Ley, la Asamblea Nacional remitirá el texto al Registro Oficial para su publicación. (I)