Uno de los trámites más importantes para la adquisición de bienes (que puede ser un vehículo, una silla eléctrica, una ayuda técnica o una maquinaria específica) para una persona con discapacidad o su representante legal es el que se realiza a través del sistema simplificado de la importación de bienes que le permite ser exonerado bajo los porcentajes otorgados de discapacidad. Así lo señala Xavier Torres, presidente del Consejo Nacional para la Igualdad de Discapacidades (Conadis) que da detalles de los pasos a seguir.

También un instructivo previo de preparación de requisitos y documentos para el trámite de importación de bienes y vehículos explica el procedimiento.

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Quiénes están exonerados

Torres señala que la persona con discapacidad o su representante legal están exentos del pago de tributos de comercio exterior, el IVA y el ICE de acuerdo a los siguientes porcentajes de discapacidad.

  • Del 30% al 49% tiene el 60% de descuento
  • Del 50% al 74% de discapacidad el 70% de descuento
  • Del 75% al 84% de discapacidad el 80% de descuento
  • Del 85% al 100% de discapacidad obtiene el 100% de descuento

Carné de discapacidad actualizado

Para acceder a esta exoneración debe contar con el carné de discapacidad emitido por el Ministerio de Salud Pública. Si tiene carné emitido por el Conadis, debes realizar el proceso de recalificación en el Ministerio de Salud Pública, llamando al call center 171.

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El presidente del Conadis dice que debe ser actualizado para ver la condición de discapacidad actual y el tipo de ayuda técnica que recibe.

Certificado de firma electrónica TOKEN

La persona debe solicitar el dispositivo de firma electrónica “token”, a través de la página web del Banco Central del Ecuador y retirarlo en las oficinas del Registro Civil a nivel nacional. Este será utilizado para el trámite de importación de bienes y vehículos.

Quiénes deben obtener el TOKEN

Debe ser obtenido por la persona que va a realizar el trámite de importación de bienes:

• Si lo realiza la misma persona con discapacidad, ella debe obtener la firma electrónica.

• Si lo realiza el representante legal de la persona con discapacidad (padres de menores de edad), la firma debe ser obtenida por el representante legal.

• Si lo realiza un tutor o curador (debidamente acreditado por la instancia judicial correspondiente) la firma electrónica debe ser obtenida por el curador o tutor.

Requisitos para obtener el Certificado de Firma Electrónica “TOKEN”

Persona natural

• Escaneado de cédula o pasaporte a color de la persona que va a obtener el token en la misma página necesariamente deberá constar el carné de discapacidad de la persona con discapacidad titular del derecho

• Escaneado de la última factura de pago de luz, agua o teléfono

Persona jurídica

• Escaneado de cédula o pasaporte a color del representante legal

• Escaneado de papeleta de votación actualizada del representante legal

• Escaneado del nombramiento del representante legal

Procedimiento para obtener del dispositivo de firma electrónica “TOKEN”

Según un instructivo previo de preparación de requisitos y documentos para el trámite de importación de bienes y vehículos

• El solicitante recibirá un mail del Banco Central del Ecuador, en que se confirma la solicitud ingresada

• Inmediatamente, el Registro Civil enviará al solicitante un correo electrónico confirmando la aprobación de la solicitud del token (firma electrónica); en este correo se adjuntará el documento para realizar el pago de la firma electrónica, el mismo que deberá ser impreso.

• Con el documento para realizar el pago, el solicitante deberá acercarse a la Oficina del Registro Civil, elegida en el formulario de solicitud de la firma electrónica, para realizar el pago en las ventanillas.

• El solicitante luego de realizar el pago, retirará su token en la oficina del Registro Civil elegida (en el formulario de solicitud), portando su cédula o pasaporte. El trámite es personal.

Requisitos para solicitar la exoneración de tributos en la importación de bienes

Este trámite lo realiza en línea, ingresando a la página web de SENAE: https://ecuapass.aduana.gob.ec y registrando su solicitud para personas naturales o para personas jurídicas que atienden a personas con discapacidad.

En el caso de importación de vehículos:

Personas naturales

Escaneado de la proforma del vehículo a importar;

Escaneado de la declaración juramentada ante notario público del buen uso del vehículo para persona con discapacidad, señalando la veracidad y legitimidad de los datos según lo establecido en Artículo 80, numeral 1 de la Ley Orgánica de Discapacidades.

Adicionalmente deberá indicar que el vehículo que se pretende importar será conducido por el titular de derechos o, en el caso que el titular no pueda conducir, lo harán hasta tres conductores designados para el efecto, señalando sus nombres, cédula y parentesco; deberá adjuntarse la copia del carné de discapacidad del titular de derechos, emitido por el Ministerio de Salud Pública.

Personas jurídicas

• Escaneado de copia notariada de los últimos estatutos aprobados;

• Escaneado de copia notariada del nombramiento del Representante Legal;

• Escaneado notariado del Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias (Documento Emitido por el SRI)

• Escaneado notariado de la Certificación de Existencia Legal de las Organizaciones Sociales (Documento otorgado por el ministerio que entregó el acuerdo ministerial según su competencia)

Puede importar un carro cada cinco años

El presidente del Conadis dice que el trámite demora aproximadamente unos treinta días.

Según Torres, hay varias formas de comprar o adquirir un vehículo para las personas con discapacidad. Lo puede hacer directamente, es decir importarlo desde los Estados Unidos o ir a una concesionaria de carros y solicitar la importación del vehículo.

Señala que hay concesionarias que tienen vehículos importados en patios aduaneros, lo que significa que no está nacionalizado. También hay empresas que se les agota la mercadería por lo que la entrega del automóvil puede demorar de tres meses o cuatro meses.

Si es ciego puede su esposa o padre importar un vehículo para ser conducido por el representante legal.

Si la persona con discapacidad es un menor de edad el trámite de importación lo puede hacer el padre y si es un representante legal de una persona adulta con discapacidad debe hacer la tutela o curaduría para que consiga la autorización y de esta manera realizar la importación directa.

Puede importar un carro cada cinco años. Torres dice que ese es el tiempo que se calcula que se garantiza la seguridad de la persona.

También hay la opción de traer hasta tres años un vehículo usado.

El presidente del Conadis dice que las reformas se han dado de acuerdo a las necesidades, condiciones y requerimientos de las personas con discapacidad. Hay una simplificación del proceso y en el mercado hay una variedad de carros y diferentes formas de financiamiento de acuerdo a su capacidad económica. (I)