Reformas, enmiendas o leyes que se crearon durante el Gobierno anterior, algunas impulsadas desde el Ejecutivo y otras desde el Legislativo, que tenían como finalidad mejorar el sistema de justicia y evitar la impunidad, dejaron abierto un escenario, según varios analistas, carente de transparencia y que favoreció, de alguna manera, la corrupción.

La Ley del Sistema Nacional de Contratación Pública, creada en 2008, y el Código Orgánico Integral Penal (COIP), vigente en 2014, son identificados por algunos especialistas como las legislaciones que requieren reformas inmediatas. Pero dicen que más allá de cómo se califique a una ley, buena o mala, la falla está en la aplicabilidad.

El exvicepresidente de la República León Roldós dice que el “gran boquete advertido” para la corrupción fue la enmienda aprobada por la Asamblea Constituyente (2008), que eliminó los informes previos a la contratación por parte de la Contraloría y Procuraduría porque, según el entonces presidente Rafael Correa, estos informes trababan la gestión del Gobierno. A esto, dice, se sumó la Ley de Contratación Pública al crear procedimientos “rápidos” de excepción que dieron paso a contrataciones “casi mafiosas” del anterior Gobierno.

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La figura de “régimen especial” que permite a las empresas públicas o del sector público realizar contratos sin licitación y los contratos complementarios, que constan en la Ley del Sistema Nacional de Contratación Pública, dieron paso a terribles casos de corrupción especialmente relacionados con la obra pública. Así lo señala Mauricio Alarcón, director de la Fundación Ciudadana y Desarrollo, quien además dice que de acuerdo con la Constitución, los delitos relacionados con la corrupción son imprescriptibles (peculado, cohecho, concusión y enriquecimiento ilícito), sin embargo, añade, los organismos encargados de su aplicación, liderados por la Fiscalía, inician procesos por delitos conexos o delitos incluso cuyas penas son menores en lugar de atacar lo medular.

Otros consideran que hay normativas buenas, pero las fallas están en su aplicación, como lo señala Alan Sierra, experto tributario y en prevención de lavado de activos.

Dice que la Ley de Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento de Delitos (2016) es buena, pero el problema está en que el actor principal, que es la Unidad de Análisis Financiero y Económico, se maneja solo en Quito y no a nivel nacional, lo que impide que haya fluidez de información, aplicación y capacitación.

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Menciona que se debería dar mayor fuerza al control sobre las declaraciones patrimoniales para que se les pida cada año a los funcionarios públicos y no cada dos años, esto es cuando entra y cuando sale del cargo.

Además, debería aclararse el tema del incremento patrimonial no justificado, cuya última reforma se dio en 2014.

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Según el director de la Fundación Ciudadanía y Desarrollo, hay una ausencia de normativas que de manera real y efectiva permitan la recuperación de activos mal habidos y de los valores que se pierden en corrupción. En tanto que el penalista Alfonso Zambrano Pasquel considera que para un mejor sistema de justicia son necesarios jueces y fiscales independientes e imparciales, que tengan conocimiento, pero además probidad. (I)