Tras la aprobación por parte de la Asamblea Nacional de la Ley de Plusvalía (con 79 votos a favor), el sector inmobiliario confía en que desde el Ejecutivo pudiera haber un veto a dicha normativa.

Jaime Rumbea, presidente de la Asociación de Promotores Inmobiliarios de Vivienda del Ecuador (Apive), comentó que si el proyecto de ley enviado en primera instancia por el Ejecutivo no beneficiaba a su sector ni en el tema de empleo ni en la dinamización de la actividad; este nuevo, aprobado por la Asamblea, es más perjudicial.

Hacía referencia a que en el proyecto original del Ejecutivo se indicaba que había una exención del impuesto para los promotores y constructores de vivienda. Sin embargo, en la ley aprobada, se limita el beneficio solamente a quienes participen de vivienda social y prioritaria (de hasta $ 70.000).

Publicidad

Explicó que de esta manera se está gravando con un mayor impuesto, no solo a los ciudadanos, sino a las casas de más de 70.000 dólares, a los bienes que están en fideicomisos. En este sentido, solicitó al presidente Correa que vete la ley.

Hay temas oscuros como la primera venta. Si vendemos una casa que incluye el terreno que compramos, ¿es la primera o segunda? Debemos esperar al reglamento para que quede claro ”.Enrique Pita, presidente de la FCC

Enrique Pita, presidente de la Federación de Cámaras de la Construcción del Ecuador, se mostró poco confiado en que pudiera haber un veto presidencial, y lamentó que la nueva ley genera incertidumbre tanto en el sector constructor como en los potenciales compradores, por lo que prevé una nueva contracción de la actividad. “Esta ley es un atentado al deseo de progreso y prosperidad de los ciudadanos”, dijo. Explicó que actualmente las personas compran un bien, esperando en un futuro venderlo y comprarse otro mejor. Opinó que la manera de calcular las ganancias ordinaria y extraordinaria es poco técnica.

¿Pero cómo se calcula el impuesto, de acuerdo con la ley aprobada?

Publicidad

En la calculadora del Servicio de Rentas Internas se pueden simular varios casos. Por ejemplo, una persona que vendiera su casa en $ 100.000 apenas esté en vigencia la ley, pagará el impuesto tal como se lo calcula actualmente (porque el impuesto no aplica a la primera venta). Si su comprador quiere venderla en tres años en $ 150.000 entonces el valor a pagar es de más de $ 12.600. Si el impuesto se calculara con la ley actual, pagaría $ 4.250.

El impuesto del 75% se aplica solamente a la ganancia extraordinaria de la venta del bien. Este rubro es la diferencia entre el precio de venta y la ganancia ordinaria. En el ejemplo anterior, la ganancia ordinaria estaría en el rango de los 24.000 dólares. Este valor se obtiene multiplicando el precio del bien por la tasa pasiva que actualmente es de 7,52% y por los años que ha sido propiedad del vendedor. A la ganancia extraordinaria se le restan 24 salarios básicos y se aplica el 75%.

Publicidad

La ley busca combatir la especulación, así como volver accesible vivienda a ciudadano y la participación del Estado para controlar un mercado que no es perfecto”.Richard Calderón, asambleísta

El Gobierno, por su parte, ha indicado que el impuesto será alto solamente para los especuladores, y que más bien para los ciudadanos que no especulan el pago será incluso menor al que actualmente se pagaría. El menor pago depende del número de años que el bien esté en manos de quien quiera venderlo. Según el SRI quien venda un bien luego de 9 o 10 años hasta en el doble del valor que compró pagará $ 0 de impuesto.

Impuestos a mineras

Entre tanto, el tratamiento tributario que se dará a las empresas mineras generó polémica a lo interno de la Asamblea. De acuerdo con la ley aprobada, estas empresas tendrán 48 meses para pagar un impuesto a las ganancias extraordinarias en su negocio, luego de recuperadas las inversiones. Antes, el plazo para pagar este impuesto (70% del excedente obtenido en relación al contrato firmado) era de un mes. Richard Calderón, el ponente de la propuesta, indicó que se mantendrá este beneficio para las mineras, que había sido cuestionado por asambleístas oficialistas, considerando que Ecuador es el único país que grava a ingresos extraordinarios y que se debe generar un ambiente competitivo.

Explicó que no se quita el impuesto, pero sí se lo difiere por 48 meses. Según Calderón, estas empresas ya pagan una serie de rubros como el impuesto a la renta, regalías, 12% de utilidades para inversiones en el territorio. (I)

Publicidad