(Actualizado a las 22:10)

El juez William Patricio Román Cañizares negó este viernes la acción de protección que la defensa de diario La Hora presentó ante la sanción impuesta por la Supercom (Superintendencia de Comunicación), al no cubrir la rendición de cuentas del alcalde de Loja José Bolívar Castillo.

En la audiencia de las partes, que se realizó por cerca de tres horas en la Unidad de Tránsito, en Quito, el juez "aseguró que no considera que exista lugar a las medidas cautelares solicitadas por el Diario y que la sentencia impuesta, no afecta el derecho a la libertad de expresión", indicó La Hora.

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Román refirió que sí existe “una obligación” de los medios de garantizar el derecho a la información pública, en este caso de dar a conocer la rendición de cuentas de las autoridades del Estado.

“Considero que la rendición de cuentas es información valiosa”, subrayó.

El medio de comunicación fue sancionado el 13 de mayo con una multa de 3.540 dólares por no dar cobertura al acto realizado por Castillo, quien estuvo en la audiencia del viernes. Él argumenta que se trató de una actividad de interés público.

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Tras la sanción, La Hora se acogió al derecho a la resistencia y se niega a pagar la multa. Mientras, el editor general del diario Luis Eduardo Vivanco anunció el viernes en su cuenta de Twitter que apelarán la decisión del juez Román Cañizares.

La defensa del medio, Santiago Guarderas, pidió que se acepte su medida de acción de protección, pues consideró que no hay seguridad jurídica al sancionarlos sin que exista un reglamento que regule lo que es información de interés público, elaborado por el Consejo de Regulación de la Comunicación (Cordicom).

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Ello lo sustentó en un dictamen emitido por la Corte Constitucional, en el que se expresa que el Cordicom debe regular lo que es interés público.

El alcalde Castillo aseguró que no se requiere de una reglamentación para interpretar qué es de interés público, pero reconoció que señalar qué es de interés público es un asunto “vasto e infinito” del que incluso se podría escribir un libro de 2.000 páginas para definirlo.

Pablo Huaca, abogado de la Supercom, calificó de improcedente el pedido y dijo que el objetivo del rotativo es “evitar” pagar la multa, e insistió en que el organismo no viola la seguridad jurídica con la sanción. (I)