De la notificación con el fallo de la Corte Constitucional sobre las enmiendas constitucionales planteadas por Alianza PAIS (AP), que incluye la reelección indefinida, depende formar la Comisión ocasional legislativa que estudiará el tema.
Cuando llegue la resolución de la Corte, que determinó que 16 de los 17 cambios a la Carta Política sean resueltos por la Asamblea Nacional, esta será analizada inmediatamente en la sesión del Consejo Administrativo de la Legislatura (CAL), prevista para este martes. Ese día, el bloque de AP mantendrá una reunión.
La expedición del fallo permite al oficialismo cumplir los plazos previstos en la Constitución para la aprobación de la enmienda y viabilizar otra candidatura de Rafael Correa en las elecciones del 2017.
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La postura de los jueces constitucionales complace a los asambleístas de AP, quienes anunciaron el inicio inmediato del trámite de enmiendas.
Las normas constitucionales establecen que para levantar los candados e introducir cambios en la Constitución, la Asamblea deberá aprobar el proyecto en dos debates, y el segundo se cumplirá en 30 días siguientes al año de realizado el primero; en tanto que la Asamblea Constituyente solo podrá ser convocada a través de una consulta popular.
Por tanto, dice la asambleísta oficialista Ximena Ponce, la conformación de la Comisión técnica ocasional, que armará el informe que irá al pleno, podría integrarse este mes, para que el primer debate se registre en diciembre próximo y el segundo se cumpliría, con los doce meses de diferencia, en diciembre del 2015. “Ello nos permite tener el tiempo suficiente para procesar la Ley de Elecciones un año antes de la fecha de elecciones”. El Consejo Nacional Electoral ha pensado que sean el 19 de febrero del 2017.
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La presidenta de la Asamblea, Gabriela Rivadeneira (AP), afirma que el primer debate podría darse a fines de noviembre; en tanto, en el año que medie entre el primero y segundo debate, el proyecto será socializado.
La Comisión técnica deberá conformarse con equilibrio en la representación de los grupos políticos, en forma similar a las comisiones legislativas. En esto coinciden Ponce y sus coidearios Fausto Cayambe y Virgilio Hernández.
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Según Hernández, del CAL, el organismo será el encargado de definir con exactitud los tiempos que debe cumplir la Asamblea para la aprobación de la enmienda constitucional, para ello necesitan ser oficialmente notificados con el fallo.
Para Cayambe, por la premura del tiempo, el tema será analizado en forma inmediata. “La presidenta pondrá en conocimiento de los asambleístas y conformará la Comisión técnica, que tiene 45 días para elaborar el informe”.
En tanto, dijo, la bancada de AP estaba convocada a una reunión el martes y se aprovechará para estudiar el tema.
Según Fabián Solano (PSE), aliado de AP, existe la decisión de su partido de apoyar el proyecto político liderado por Rafael Correa. “Al margen de que él decida ser o no candidato, hay que barajar esa posibilidad a futuro”.
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Los cambios
1. Acción de protección: La modificación a este recurso es el único que para la Corte Constitucional requiere que se realice una Asamblea Constituyente que lo tramite.
2. Consultas populares: Que los gobiernos autónomos descentralizados tengan la potestad de convocar estas consultas solo cuando sean sobre sus competencias.
3. y 5. Reelección indefinida: Para el presidente de la República y para todas las autoridades de elección popular.
4. Edad mínima para candidatos presidenciables: Este requisito pasaría de los 35 a 30 años.
6. Militares: Que los uniformados puedan intervenir en asuntos de seguridad interna.
7. y 8. Competencias de Contraloría del Estado: Que este organismo de control pueda seguir vigilando los fondos públicos, pero ya no el cumplimiento de programas de las instituciones estatales.
9. Defensoría del Pueblo: Para que esta institución tenga delegados en cada provincia y en el exterior.
10. y 13. Sector público: Los dos cambios al respecto hacen una diferenciación entre los obreros y los servidores públicos. Los primeros estarían sujetos al Código de Trabajo.
11. y 12. Gobiernos locales: Se plantea la exclusividad de estos en las competencias de infraestructura para salud y educación.
14. Fuerzas Armadas: El Estado garantiza en esta enmienda el pago de las pensiones jubilares de los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional.
15. Fondos previsionales: Este tipo de fondos públicos y sus inversiones se canalizarán a través de una institución financiera de propiedad del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).
16. Comunicación: Definir la comunicación como un servicio público.
17. Plazo para regiones: La enmienda elimina el plazo para que se organicen las regiones territoriales (tenían ocho años para hacerlo).
La Corte del monarca se pronunció vergonzosamente, ahora el pueblo es el que tiene la palabra para frenar la reelección indefinida a través de una consulta popular”.Mae Montaño Asambleísta CREO