Los departamentos con fines turísticos en España entran en el radar de la comunidad de propietarios. Esta debe estar de acuerdo en que los pisos, como allá los llaman, sigan siendo arrendados con ese fin, de lo contrario pueden oponerse.

Los alquileres turísticos se podrán prohibir en la comunidad de propietarios si hay mayoría, informa El Español.

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Este accionar está avalado por la ley.

Explica El Español que “la Ley Orgánica 1 /2025 del 3 de abril ha supuesto un antes y un después para esas comunidades de vecinos en España”.

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Explica que esta modificación de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) abrió la puerta a un mecanismo clave para frenar los problemas de los alquileres turísticos no autorizados, “obligando a cualquier propietario a obtener la aprobación expresa de su comunidad antes de destinar su vivienda a este uso”.

Es decir, en la actualidad se requiere de una autorización comunitaria para que la actividad pueda considerarse legal o, en su defecto, contraria a la normativa del edificio.

Negarse al alquiler de piso turístico

Foto: Pexels/Joaquin Carfagna

La comunidad de propietarios tiene ante sí dos vías para analizar y/o ejecutar la prohibición del arrendamiento:

  1. Negar la autorización expresa a nuevas actividades turísticas por mayoría
  2. Incorporar la prohibición en los estatutos  

¿Qué pasa si se alquila un piso turístico sin autorización de la comunidad de propietarios?

Si una persona desatiende la norma y alquila su apartamento con fin turístico se expone al riesgo de terminar envuelto en un problema judicial, se advierte por lo que explica El Español.

La figura jurídica que permite al ciudadano ser propietario de una vivienda en España sin pagar arrendamiento

Los pasos que tiene otro vecino de frenar su actividad al descubrirlo son:

1) Notificar lo que ocurre al presidente de la comunidad, porque es quien tiene capacidad para intervenir formalmente.

2) El presidente puede requerir al propietario que arrendó el cese de inmediato de la actividad.

3) Si insiste en no escuchar, la comunidad puede llevar el asunto a una junta de propietarios y

4) aprobar el inicio de acciones legales para exigir el cese del alquiler turístico. (I)

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