Para la próxima declaración de <a href="https://www.eluniverso.com/temas/impuestos/" target="_self" rel="" title="https://www.eluniverso.com/temas/impuestos/">impuestos </a>en <a href="https://www.eluniverso.com/temas/espana/" target="_self" rel="" title="https://www.eluniverso.com/temas/espana/">España </a>quienes vivan con un padre o una madre, que tenga más de 65 años, deben conocer la más reciente medida de la Agencia Tributaria.La dependencia informa una ventaja fiscal para quienes conviven con ascendientes de 65 años o más. Si se vive con un abuelo, abuela, también se puede aplicar al incentivo.Se trata de un incentivo que premia el cuidado familiar y que puede aumentar hasta 2.550 euros en los casos de mayores de 75, informan en <a href="https://www.elperiodico.com/es/economia/20251021/hacienda-beneficia-1150-euros-mayores-65-anos-irpf-dv-122800388" target="_self" rel="" title="https://www.elperiodico.com/es/economia/20251021/hacienda-beneficia-1150-euros-mayores-65-anos-irpf-dv-122800388">El Periódico.</a>Así, el Gobierno “busca aliviar la carga económica de las familias que cuidan de sus mayores”.La medida, explican en <a href="https://www.enfemenino.com/hacienda-te-da-1-150-euros-por-convivir-con-mayores-de-65-4-requisitos-y-un-truco-para-cobrar/" target="_self" rel="" title="https://www.enfemenino.com/hacienda-te-da-1-150-euros-por-convivir-con-mayores-de-65-4-requisitos-y-un-truco-para-cobrar/">En Femenino</a>, “reduce la factura del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a través del mínimo familiar y puede alcanzar 2.550 euros si el mayor cumple 75 años”.Detalla el citado medio que no se trata de un abono directo, sino de una cantidad que reduce la cuota del IRPF. “Afecta a familias que conviven con un padre, madre o abuelo de 65 años o más y que cumplan condiciones de convivencia e ingresos”, explican.De acuerdo con la Agencia Tributaria, indica El Periódico, podrán aplicarlo quienes convivan con un ascendiente que:En En Femenino enfatizan sobre la convivencia: residir con el ascendiente al menos la mitad del periodo impositivo (habitualmente, seis meses en el año natural).Convivencia intermitente: si no se alcanzan seis meses, no procede el mínimo por ascendientes.En Femenino detalla en el borrador de Renta webSi no estás obligado a presentar la Renta," puedes hacerlo voluntariamente para que el mínimo reduzca la cuota. Muchas familias obtienen una devolución gracias a este ajuste”.El beneficio se refleja en la declaración de la renta correspondiente al ejercicio de este año, que se presentará en la primavera de 2026. <b>(I)</b>