Segundo Alejandro Castillo, director técnico de Barcelona SC, fue multado por la Conmebol tras el partido ante River Plate en el estadio Monumental Banco Pichincha, por la cuarta jornada del grupo B de la Copa Libertadores, jugado el 8 de mayo anterior.
La sanción del organismo rector del fútbol sudamericano es de $ 50.000, por ‘marketing de emboscada’, una infracción de tipo publicitaria contemplada en el artículo 6.3.3 del Manual de Clubes de la Conmebol Libertadores 2025.
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Este monto, según la resolución, será debitado automáticamente del importe a recibir por el club de la Conmebol en concepto de derechos de televisión o patrocinio.
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¿Qué es el marketing de emboscada?
Según dicho artículo de la citada normativa, marketing de emboscada o ambush marketing es considerado cualquier intento por parte de una entidad, marca o persona no autorizada de obtener una asociación indebida de sus productos o servicios o de su imagen comercial, con cualquier torneo organizado por la Conmebol, ya sea en redes sociales, otros medios de comunicación o de manera física en zonas aledañas a la sede del partido o lugares destinados a promocionar el evento, como ser fan zones y hospitalidades.
Esto se desprende de que el estratega ecuatoriano lució el día del partido un pin de color blanco adherido a su traje. Antes, en los partidos del campeonato ecuatoriano, había exhibido un pin de distinto tono.
Posteriormente se explicó que el dispositivo se trataba de una estrategia comercial de un producto.
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La figura del marketing de emboscada tiene dos tipos: por asociación y por intrusión.
La primera categoría se refiere a que una marca que no es patrocinadora oficial puede querer aprovechar el momento para usar la marca oficial.
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La segunda tipología abarca a una marca que no siendo patrocinadora oficial intenta sacar ventaja usando sus marcas, productos o servicios en los locales de concurrencia pública de los eventos oficiales de los torneos para atraer atención pública.
La multa a Segundo Alejandro Castillo no fue la única. Barcelona Sporting Club también fue sancionado con $ 10.000 por una infracción al artículo 4.3.1.2 del mismo manual, que hace referencia al estado del terreno de juego.
Además, el club recibió una advertencia formal por incumplir los artículos 4.2.10 y 7.3.4.4.
Tanto el equipo torero como el adiestrador pueden apelar la decisión ante la Comisión de Apelaciones de la Conmebol en un plazo de siete días corridos, contados desde la notificación formal de los fundamentos.
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Y para eso deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Código Disciplinario, incluido el pago de una cuota de apelación de $ 3.000. (D)