Los días sombríos para el Club Sport Emelec parecen no alejarse, por el contrario, este lunes 19 el Ministerio de Educación, Deporte y Cultura declaró la nulidad del registro del directorio encabezado por Jorge Guzmán Mancilla y con ello se agudiza la crisis, ya que temporalmente el club quedará en manos de un representante legal externo que debe ser designado por la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF).
Guzmán ha mencionado que no está dispuesto a ‘dar un paso al costado’ y prevé pronunciarse sobre la resolución la mañana de este martes 20, en el estadio George Capwell.
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La resolución del ministerio del ramo se conoció la tarde de ayer y en el documento divulgado en redes sociales se exponen algunos detalles que explican la situación del conjunto millonario.
Los aficionados se preguntan, por ejemplo, por qué recién se adopta esta medida y no desde el principio, considerando que la directiva de Guzmán ganó las elecciones en febrero de 2025.
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Aquí algunas claves del caso que han derivado en la nulidad del directorio en momentos en que para el Bombillo es indispensable cubrir deudas para no correr con la misma suerte de El Nacional, que la temporada anterior descendió administrativamente a la serie B.
Lo expuesto a continuación consta en el documento que contiene la resolución del Ministerio de Educación, Deporte y Cultura:
- La situación se origina desde el proceso de elecciones del Club Sport Emelec, realizadas el 27 de febrero de 2025. En un informe de la cartera del ramo se validó la inexistencia de recursos de apelación contra el proceso eleccionario, pero se reconoce de manera expresa que en el expediente administrativo consta una apelación interpuesta a las elecciones.
- De acuerdo con la resolución, más grave aún resulta el hecho de haberse otorgado eficacia jurídica a una resolución emitida por la Asociación de Fútbol del Guayas en respuesta a una apelación interpuesta contra las elecciones, sin realizar un análisis previo y exhaustivo sobre la competencia material y jerárquica de dicho órgano para conocer y resolver tal recurso.
- El organismo competente para tratar aquello es la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF), la cual ejerce la rectoría del sistema.
- Una vez que el ministerio tuvo conocimiento formal de la existencia de la apelación contra el proceso eleccionario, su actuación jurídicamente exigible no era validar la resolución emitida por la Asociación de Fútbol del Guayas, sino verificar la competencia del órgano que la dictó y disponer, de ser el caso, la remisión del expediente a la FEF para que resuelva el recurso conforme a su estatuto y reglamentos.
- Al no hacerlo, la autoridad administrativa no solo omitió un control esencial de legalidad, sino que incorporó como presupuesto decisorio un acto emanado de un órgano incompetente, vulnerando de manera directa el principio de juridicidad y el debido proceso administrativo.
- La incompetencia del órgano que resolvió la apelación, la indebida validación administrativa de dicha actuación y la construcción del acto sobre un presupuesto fáctico inexistente configuran un vicio sustancial que afecta de manera estructural la validez del acto administrativo que luego se impugnó.
- La contradicción entre lo afirmado en el informe jurídico favorable y lo que constaba documentalmente en el expediente revela una infracción directa al deber de sujeción a la verdad material, principio que informa de manera transversal el procedimiento administrativo y que condiciona la validez del acto.
- Con este antecedente, el 21 de noviembre de 2025, Carlos Puga Burgos presentó ante la cartera de Estado un documento titulado ‘Insinuación de revisión de oficio del oficio MD-DAD-2025- 0879-O del 5 de abril de 2025′, emitido por el director de Asuntos Deportivos, mediante el cual se concedió el registro de directorio del Club Sport Emelec.
- Aquello dio pie a la revisión del ministerio al proceso del registro, cuya decisión finalmente se conoció este lunes 19.
- Socio desestima acción de protección y el viceministerio tiene vía libre para revisar el directorio de Jorge Guzmán
La decisión del Ministerio de Educación, Deporte y Cultura:
- Declarar la nulidad absoluta del informe jurídico favorable para el registro de directorio del Club Sport Emelec contenido en el memorando n.º MD-DAD-2025-0773-M del 5 de abril de 2025 por adolecer de vicios en los presupuestos de hecho y por omisión de requisitos esenciales previstos en la normativa técnica deportiva.
- Declarar la nulidad del acto administrativo contenido en el oficio n.º MD-DAD-2025-0879-O del 5 de abril de 2025, emitido por el director de Asuntos Deportivos, mediante el cual se concedió el registro de directorio del Club Sport Emelec, de conformidad con el artículo 105 numerales 1 y 2 del Código Orgánico Administrativo, por vulnerar el principio de legalidad y el debido proceso.
- Retrotraer el expediente de registro hasta el momento de la emisión del informe jurídico favorable a fin de que se resuelva con la competencia adecuada el recurso de apelación planteado.
- Ordenar a las dependencias de este Viceministerio que realicen las actividades tendientes a dejar sin efecto los actos administrativos antes descritos.
- Notificar la presente resolución, de conformidad con lo detallado en el siguiente numeral. (D)