QUITO.- Las empresas que generaron utilidades en el 2012 no solo tienen que pagarlas a sus trabajadores hasta el 15 de abril, sino que también deben registrar esta cancelación en el Ministerio de Relaciones Laborales (MRL) hasta mayo sobre la base de un cronograma que elaborará esta cartera de Estado, de acuerdo con el noveno dígito del RUC de las empresas.
Con el fin de regular los pasos que deben seguir los empleadores para realizar el mencionado registro, el MRL aprobó un reglamento el mes pasado.
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En la normativa se establece que las compañías o personas que estén obligadas o no a llevar contabilidad tienen que declarar y legalizar un Informe sobre Participación de Utilidades.
Para que este informe se legalice, el empleador debe entregar al MRL un formulario con información general de la empresa, la nómina de sus empleados con la especificación de sus ocupaciones.
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Si realizó la cancelación de las utilidades mediante acreditación en cuentas de ahorro o corrientes de los empleados, debe presentar la constancia de la transferencia bancaria, el total de lo depositado y los nombres de los trabajadores beneficiarios.
Francisco Vacas, ministro de Relaciones Laborales, ha explicado que las sanciones para los empleadores que no cumplan con la presentación de los formularios e informes empresariales serán multas de $ 200, en primera instancia.
En los casos de los trabajadores que están vinculados a los sectores minero y petrolero, el Reglamento refiere que, según las Leyes de Minería y de Hidrocarburos, recibirán el 3% de las utilidades y el 12% será cancelado al Estado ecuatoriano.