La Ley Reformatoria a la Codificación de la Ley de Inquilinato aprobada este martes por la Asamblea Nacional crea una Oficina de Registro de Arrendamientos donde se deberán inscribir los contratos de arrendamiento o de anticresis de vivienda, vivienda-comercio y vivienda-taller.
Todos los Gobiernos Autónomos Descentralizados deberán tener dicha oficina que manejará una cuenta en el Banco Nacional de Fomento (BNF) donde se deberán depositar las garantías de los arriendos.
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El plazo para la creación de estas oficinas se fijó en 180 días desde la publicación de la Ley en el Registro Oficial.
La entrega de la garantía será "solo en los casos en que el canon de arrendamiento sobrepase el 50% del valor de una remuneración básica unificada", es decir $ 159,50.
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Esta oficina será la encargada de fijar los montos máximos de los arriendos de cada inmueble y su incumplimiento establece sanciones: "Quien cobre una pensión mayor a la fijada, por la Oficina Municipal de Arrendamientos o la Jefatura de Catastros, será sancionado por el juez de inquilinato con una multa valor del canon de arrendamiento mensual cobrado incluyendo intereses legales vigentes a la fecha de devolución".
Las sanciones también será para el arrendador que suspenda los servicios básicos al arrendatario con una multa equivalente a dos cánones de arrendamiento mensual.
La Ley además dispone que el Consejo de la Judicatura fije sedes y jurisdicciones territoriales para el trabajo de los jueces de inquilinato quienes resolverán demandas contra el arrendador e inquilinos.
El documento aprobado por la Asamblea se remitirá al presidente de la República, Rafael Correa, para su aprobación o veto.
Datos
Anticresis: Contrato en que el deudor consiente que su acreedor goce de los frutos de la finca que le entrega, hasta que sea cancelada la deuda.