QUITO.- A partir de este 4 de diciembre, los empleadores que mantienen horarios especiales de trabajo en sus negocios o industrias y que no han hecho constar esa modalidad en los contrato de trabajo de sus empleados, ni en el reglamento interno de la empresa, ni en el contrato colectivo, tienen que solicitar al Ministerio de Relaciones Laborales una autorización para mantener dichos horarios.