Participar en círculos de estudio y reuniones de equipos de trabajo son las actividades que deberán cumplir el encargado y los demás miembros que integren el Departamento de Consejería Estudiantil para asegurar la calidad en sus intervenciones.
Así lo establece el artículo 60 del nuevo Reglamento de la Ley de Educación Intercultural (LOEI), en el que se señala que esto permitirá a los profesionales mantenerse actualizados y abordar de manera efectiva los casos que se presenten en las instituciones educativas.
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El área de Consejería, antes Departamento de Orientación y Bienestar Estudiantil (DOBE), de acuerdo con la normativa, debe dar atención integral a los alumnos en su formación. Para ello, se prevé que los directivos, docentes, administrativos, estudiantes y representantes legales participen en los programas que se establezcan.
Asimismo, el Departamento de Consejería Estudiantil tendrá que articular una red interinstitucional con organismos del Sistema de Protección del Estado, tales como el Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia, Defensoría del Pueblo, ministerios de Salud, Inclusión, Relaciones Laborales, Deportes, entre otros.
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Ketty Flores, rectora del Instituto Tecnológico Superior Guayaquil, consideró vital que el personal que integrará este departamento se capacite y actualice conocimientos.
A su juicio, es en los casos de desintegración familiar en que se deberá centrar la labor del Departamento de Consejería.
Asimismo, en los jóvenes que pese a vivir con sus padres no reciben la adecuada atención por cuestiones de trabajo u otras actividades.
“Desgraciadamente esto ha influenciado muchísimo en el comportamiento de las estudiantes, en el desempeño académico”, refirió.
Olga Cedeño, rectora (e) del colegio Juan Montalvo, expresó que en este plantel la participación de los padres de familia en las reuniones convocadas por las autoridades del plantel, sí tiene acogida.
Sin embargo, añadió, que hay “muchísimos” casos de representantes que no se preocupan por controlar a los chicos.
Es en estos casos, dijo la rectora, en que la consejería será muy útil.
“Este reglamento nos está obligando a concienciar en los padres de familia la responsabilidad que tienen de caminar junto a sus hijos en el desenvolvimiento de sus actividades educativas”, acotó.
Detalles: Otros organismos
En establecimientos
Las instituciones educativas públicas, fiscomisionales y particulares contarán con una junta general de directivos y docentes, consejo ejecutivo, junta de docentes de grado o curso, organizaciones estudiantiles, padres de familia o representantes legales de los estudiantes y junta académica. Sus atribuciones se especifican en el reglamento y la normativa que expida el nivel central de autoridad educativa nacional.