La participación de los militares en los operativos para brindar la seguridad ciudadana debe partir de una recomendación del Consejo de Seguridad Pública y en coordinación con los ministerios de Defensa y del Interior, y no por disposición directa del Presidente de la República.

Esa es la principal observación que realizó el jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, Ernesto González, ante la Comisión de Soberanía y Relaciones Internacionales de la Asamblea que estudia el proyecto que reforma a la Ley de Seguridad Pública y del Estado, presentado por el presidente Rafael Correa el pasado 7 de diciembre.

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El texto remitido por el Ejecutivo reforma el literal b) del artículo 11 de la Ley de Seguridad Pública, en el que pide agregar un inciso que diga: ‘Las Fuerzas Armadas intervendrán, por disposición de la o el Presidente de la República y conforme a las condiciones establecidas en la presente ley, en la protección interna y el mantenimiento y control del orden público, cuando por circunstancias de evidente necesidad se haga indispensable su contingente para la prevención, control y restricción del delito’.

La observación la planteó González, quien afirmó ante la Comisión no estar totalmente de acuerdo con el planteamiento del Primer Mandatario, pues consideró que la participación de los militares no debería ser de forma discrecional, sino subsidiaria a la Policía y de coordinación entre ambas fuerzas.

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Con este planteamiento, el Comando Conjunto sugirió que la participación de los militares en tareas de seguridad ciudadana debe partir de una recomendación del Consejo de Seguridad Pública al Presidente de la República, cuando las circunstancias lo ameriten; para ello, el Ministro de Defensa coordinará acciones con el Ministerio del Interior, mientras que el Ministerio de Finanzas asignará los recursos necesarios para el entrenamiento, equipamiento y empleo de las FFAA. para proteger la seguridad ciudadana.

Para cumplir con esta disposición, el Ministerio de Defensa ordenará al Comando Conjunto la planificación militar, en la que se determine el contingente requerido, el espacio geográfico, el tiempo, el equipo y armamento en dotación a emplearse y los operativos a ejecutarse con la participación de sus miembros.

El Comando Conjunto también sugirió un texto alternativo al artículo 23 de la Ley de Seguridad Pública en el que se disponga que: ‘Las Fuerzas Armadas, como entidad protectora de los derechos, ejercerá las competencias para el control de uso de armas, municiones, explosivos, materiales y sustancias relacionadas que le han sido asignadas en la ley, y efectuará acciones preventivas, disuasivas y reactivas para preservar la seguridad ciudadana’.

En la Asamblea este alcance al proyecto del Ejecutivo será analizado por el oficialismo que apoya en parte este planteamiento, mientras que la oposición aseguró que dará su respaldo total.

Detalles: Funcíon de las FF.AA.
Diálogo con asambleístas
El jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, Ernesto González, aseguró que “hemos conversado nuestros criterios con los asambleístas y ellos serán los que definan este procedimiento”.

Seguridad externa
González señaló que la participación militar en el combate de la delincuencia será subsidiaria, no constantemente, y en apoyo de la Policía. “No podemos estar de manera permanente porque nuestra función establecida en la Constitución es la seguridad externa”.