El 29 de abril leí por el periódico: ‘Disminuye tarifa de agua potable para sectores más pobres’, y apareció en una foto el alcalde Jaime Nebot entregando un certificado a una señora, sobre una deuda condonada que Interagua hace a los usuarios que les corresponde; y además, se informaba que después de un pedido hecho a Ecapag, se había aprobado que desde el 1 de mayo del presente año se cobraría un valor especial para la ciudadanía de extrema pobreza y que ese acuerdo entre Ecapag e Interagua cuenta con la aprobación del Municipio de Guayaquil.

Bien por las familias que desde el 1 de mayo del 2010 se benefician con esa rebaja.

Sería necesario y oportuno que el Alcalde, una vez que Interagua continúa con el contrato, realice una revisión completa del cobro que nos hacen mensualmente en las planillas por consumo de agua, donde constan estos rubros:

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Consumo de mes (agua potable), alcantarillado, cargo fijo, cargo del mes (CEM, drenaje pluvial).

Debería haber una explicación por los medios de comunicación o por las planillas, indicándonos a los consumidores por qué y para qué sirven estos descuentos, especialmente de “alcantarillado”, cuyo valor está casi a la par con el consumo del agua y que dobla el costo de la planilla; por lo que su porcentaje deberían rebajarlo a una cantidad justa, que no afecte al bolsillo de los clientes.

Si el usuario se atrasa en el pago de dos planillas, le cortan inmediatamente el servicio y le facturan a manera de multa 3 dólares más el IVA (Impuesto al Valor Agregado), y por la reconexión cobran 2 dólares más IVA, algo injusto.

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¿Será acaso que por eso el Presidente de la República cataloga el consumo de agua de Guayaquil como el más caro del mundo, haciendo alusión al valor de las planillas?

Abogado Nebot, usted como nuestro alcalde y máximo defensor de las injusticias de Guayaquil, tiene la última palabra.

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Víctor Burgos Villacrés,
Guayaquil

Nota de la Redacción:
Debido a la gravedad de su inquietud, consultamos a Interagua que contestó lo siguiente:

“Referente a los rubros Cargo Fijo, CEM (drenaje pluvial) y Alcantarillado Sanitario (80%) que aparecen en las planillas de agua potable, informamos que Cargo Fijo es el valor que cubre los costos comerciales por la prestación de los servicios y los costos de mantenimiento, y reposición de la conexión domiciliaria y el medidor. Se factura a cada usuario de acuerdo al diámetro de la conexión al predio o departamento. Así, si la instalación sufre algún daño, los costos de reparación (hasta el medidor o línea de fábrica) siempre estarán a cargo de la empresa prestadora del servicio, en este caso Interagua. CEM drenaje pluvial, es una tasa llamada Contribución Especial de Mejoras, que se establece por rangos de consumo en m cúbicos, que se incluye en las facturas de agua. Interagua actúa como ente recaudador del CEM conforme a una ordenanza municipal, para que estos dineros sean usados exclusivamente en obras urgentes de infraestructura pluvial (aguas lluvias o AA.LL.), para ir disminuyendo los puntos más críticos o propensos a inundaciones; el monto recaudado es invertido íntegramente en la construcción, ampliación y revestimiento de canales de AA.LL., y ductos cajón, conforme al programa de obras aprobado por Ecapag y la M.I. Municipalidad de Guayaquil.

“Cargo Variable de Alcantarillado (80%) es el porcentaje que se aplica al valor del cargo variable de agua potable por concepto de servicio de alcantarillado sanitario (AA.SS.). Así, del total del volumen de agua potable entregada a una vivienda, se estima que el 80% de esta se descarga en las redes de AA.SS. Este monto se calcula aparte del agua potable debido a la existencia de sectores que aún no cuentan con el servicio de AA.SS. y usan pozos sépticos, por lo tanto, a estos sectores no se les factura dicho rubro. Los cargos antes expuestos se fundamentan en el Reglamento de Estructura Tarifaria, aprobado por Ecapag en mayo del 2000, y en el Registro Oficial Nº 571, publicado el 26 de septiembre del 2002, donde se expide la Ordenanza Municipal y su obligatoriedad de aplicación. Los términos CEM (Drenaje Pluvial) y Alcantarillado (80%) corresponden a servicios diferentes. El monto por pagar por concepto de Alcantarillado Sanitario dependerá del consumo de agua potable del predio, ya que se lo calcula con base a este último, según el Reglamento. El rubro Convocatoria para torneo de reciclaje de Alcantarillado Sanitario se reporta solamente en las planillas de aquellos predios que cuentan con este servicio”.

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Ilfn Florsheim T.,
gerenta de Comunicación de Interagua, Guayaquil