El borrador del Proyecto de ley de responsabilidad social en radio y televisión incluye disposiciones insólitas. Los presentadores de servicio de radio y televisión, por ejemplo, no pueden difundir programas de entretenimiento en inglés aunque vengan acompañados de subtítulos en castellano; la traducción solo puede ser oral. Los programas en quichua, en cambio, solo pueden emplear subtítulos y no se acepta la traducción oral.
Mucho más incomprensible es que se les exija a las estaciones de radio que garanticen “la incorporación de personas con discapacidad auditiva”, para lo cual deberán incluir subtítulos o traducción a la lengua de señas ecuatorianas.
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No nos referimos, como se ve, a las disposiciones que tienden a coartar la libertad de expresión, y que son incontables en el proyecto, sino a disposiciones simplemente ridículas que deberían ser corregidas antes de iniciar siquiera un debate serio.