En los últimos 12 años, Juan de Dios Parra, secretario de la Aldhu, enfrentó 14 denuncias entre civiles y penales y cuatro pedidos preprocesales que nunca llegaron a una sentencia judicial por la vigencia del Estatuto de Protección e Inmunidades, que le hacía intocable.

Los procesos se plantearon por los supuestos delitos de girar cheques sin la provisión de fondos (3), estafa (1), dinero (2), daño moral, manejo de letras de cambio (2), insolvencia (3), mora de inquilinato, y un caso que se siguió bajo la figura jurídica de “especial”.

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Adicionalmente se presentaron cuatro pedidos prejudiciales, en los que se solicitaba el secuestro de bienes (2), una inspección y una confesión judicial.

Cuatro de esos procesos, según los registros que detalla la página web de los juzgados de primera instancia, fueron archivados por desestimiento, inhibición del juez y por haber sido mal planteado.

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Solo un proceso terminó, tras el fallo de la Segunda Sala de lo Civil y Mercantil de la Corte Provincial de Pichincha, en diciembre del 2008. En esa fecha, la Sala anuló el trámite del proceso y archivó la demanda de daño moral que planteó Federico Angermeyer en mayo del 2003.

La sala adoptó esa resolución al acogerse al Acuerdo sobre Privilegios e Inmunidades, que protegía a Juan de Dios Parra, bajo el argumento de que la falta de jurisdicción constituye una omisión sancionada con nulidad.

Angermeyer solicitaba el pago de 2 millones de dólares para reparar el daño moral que cometieron cuando el asesor de la organización de Derechos Humanos, Pieler Jan Brouwer, suscribió un informe en el caso Davier (2002), que atentó contra su honorabilidad y hombría de bien.

Según el informe, Angermeyer sometió a través de terceros a su ex esposa y procedió a plagiar a sus hijos. En ese documento se recoge la denuncia de la ex esposa de Angermeyer, sobre maltratos físicos,  violaciones y humillaciones.

Respaldado en supuestas pruebas, todo esto fue negado por el demandante, que afirmó que el informe fue irreal, falso y parcializado.