De esta manera Armas rehazó las declaraciones del presidente de la Corte Superior de Quito, Fernando Cazares, quien afirmó que no existe delito para sancionar el lavado de activos (adquisición de bienes o acciones con dineros ilícitos), pues el Congreso Nacional eliminó esa disposición, que constaba en la Ley de Sustancias Estupefacien tes y Sicotrópicas.
Además se conoció ayer que el Congreso podría pedir al Consejo Nacional de la Judicatura que investigue y sancione a Cazares, quien a criterio de ciertos legisladores habría cometido prevaricato.
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El presidente de la Comisión de lo Civil y Penal del Parlamento, Hugo Ibarra (independente), explicó que si bien la Legislatura derogó de la Ley de Sustancias Estupefacientes el artículo 74 que penalizaba el lavado de activos, esa tipificación fue trasladada a la Ley Orgánica de Lavado de Activos cuyos artículos 15, 16, 17 y 18 establecen penas de 16 a 25 años de reclusión.
El diputado Xavier Sandoval (PSC) dijo que los comentarios de Cazares generan desconcierto.