La Secretaría de Comunicación de la Presidencia de la República ratificó ayer que los días lunes y martes de carnaval se tendrán que recuperar en el sector público, ya que no es un feriado instituido legalmente.

“De acuerdo con el decreto ejecutivo 1487, publicado el 15 de mayo del 2001, en el Registro Oficial número 326, los días de carnaval serán vacaciones recuperables y no de descanso obligatorio”, señaló la Secretaría de Comunicación en un boletín.

Explicó que el artículo 3, del decreto 1487, advierte que esta disposición quedará a criterio de la máxima autoridad de cada institución pública. En el caso del Ministerio de Trabajo, los empleados laborarán una hora adicional a la jornada fija, a partir del miércoles 25 de febrero.

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