Una de las vías con las que el presidente Daniel Noboa pretende reducir los índices de criminalidad es aumentando las penas de ciertos delitos relacionados con el crimen organizado. Eso es lo que plantea en la pregunta 4 de las once que contiene el cuestionario de la consulta popular, que ahora está en manos de la Corte Constitucional (CC), para su control previo.

El Ejecutivo aclara en el documento que la pregunta “no busca reformas constitucionales”, sino modificar el Código Orgánico Integral Penal (COIP). La aspiración es “adoptar medidas específicas para la colocación en la agenda legislativa de temas relevantes para la ciudadanía”.

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Según analistas consultados por este Diario, la intención del mandatario no sería más que “populismo penal”, porque se no proponen medidas efectivas para combatir el problema de inseguridad y cuyo trasfondo sería obtener réditos electorales de cara a 2025, porque no existe evidencia real de que incrementar las penas desmotive el cometimiento de delitos.

Así lo señalaron los expertos en temas de seguridad, rehabilitación social y política, quienes además coincidieron en que esa pregunta, como otras del cuestionario, no requieren de una consulta popular, sino del procedimiento regular por medio de la Asamblea Nacional si el propósito final es reformar el COIP.

La pregunta cuatro dice lo siguiente: ¿Está usted de acuerdo con que se incrementen las penas de los delitos de: (i) terrorismo y su financiación, (ii) producción y tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, (iii) delincuencia organizada, (iv) asesinato, (v) sicariato, (vi) trata de personas, (vii) secuestro extorsivo, (viii) tráfico de armas, (ix) lavado de activos y (x) actividad ilícita de recursos mineros, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme el Anexo de la pregunta 4?

El anexo es de apenas dos párrafos. Indica que en caso de ser aprobada, el presidente de la República, en el plazo máximo de 5 días posteriores a la publicación de los resultados, remitirá un proyecto de ley reformatoria al COIP, para cumplir con los establecido en la pregunta. La Asamblea Nacional tendrá 60 días para debatir y aprobar dicha reforma.

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En los fundamentos que justifican la pregunta el Ejecutivo no cita un caso puntual de algún país o región, que sirva de ejemplo, con el que se demuestre que intensificar las penas haya tenido efectos directos en la reducción de personas que cometen delitos.

Lo que se anota es que entre los actos delictivos con mayor conmoción social se encuentran los provenientes del crimen organizado.

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Que la tasa de homicidios en Ecuador en 2023 fue de 39 casos por cada 100.000 habitantes; por lo que el país se ha convertido en uno de los más violentos de Latinoamérica y el mundo, con un incremento del 528,10 % de homicidios intencionales en comparación con el primer semestre de 2019.

Que el “crecimiento exponencial” de la cantidad de homicidios “está directamente relacionado con el aumento de crímenes cometidos con armas de fuego, así como, la cantidad de secuestros extorsivos que durante 2023 aumentó a 124 casos, en comparación a los 86 casos denunciados en 2022″.

En este apartado también se menciona que las organizaciones criminales pueden estar involucradas en distintas actividades ilícitas como el tráfico de drogas, contrabando de personas, extorsión, el lavado de activos y juegos de azar -este último punto se contrapone con la pregunta 11 de la consulta popular, que propone el funcionamiento de casinos, salas de juegos, casas de apuestas o negocios dedicados a la realización de juegos de azar-.

Por otro lado, se argumenta que “el efecto disuasivo de la pena busca que la imposición de sanciones legales (como penas privativas de libertad, multas, etc.) persuadan a un sujeto de cometer delitos, siendo consciente de las consecuencias negativas de su conducta delictiva; este concepto se justifica en que el temor a ser castigado actúa como un factor que inhibe el comportamiento delictivo”.

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Una particularidad de la pregunta cuatro es que no se especifica a qué número de años deberían aumentar las penas en cada uno de los delitos mencionados. Si el tema se aprueba en las urnas, esto deberá constar en el proyecto de ley que el presidente envíe a la Asamblea y, por ende, serán los legisladores quienes definan.

Los delitos mencionados en la consulta actualmente tienen las siguientes penas privativas de libertad, según el COIP:

  • Terrorismo y secuestro extorsivo, de 10 a 13 años
  • Asesinato y sicariato, de 22 a 26 años
  • Lavado de activos, de 1 a 10 años, dependiendo del caso
  • Trata de personas, de 13 a 26 años, dependiendo del caso
  • Delincuencia organizada, de 7 a 10 años
  • Actividad ilícita de recursos mineros, de 5 a 7 años
  • Producción ilícita de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, de 3 a 10 años, dependiendo del caso
  • Tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, de 1 a 13 años, dependiendo del caso. La pena aumenta si las sustancias se ofertan, venden o entregan a menores de edad

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A criterio de Alexandra Zumárraga, exdirectora nacional de Rehabilitación Social, la pregunta se limita a lo punitivo y no propone actuar desde la prevención, como es la tendencia mundial, para combatir los factores sociales y económicos que llevan a que las personas sucumban ante la delincuencia.

“No se ha visto que el aumento de penas haya bajado la criminalidad. (Ahora) las penas pueden llegar hasta cuarenta años, con la acumulación de sentencias, y más bien se ha visto un incremento de la criminalidad”, comentó Zumárraga y apuntó mientras persista la impunidad y no haya control del Estado en las cárceles, la situación no se arreglará endureciendo las condenas.

Añadió que la pregunta cuatro tampoco menciona a los delitos sexuales, que son los terceros en incidencia a escala nacional y que más han afectado a la niñez.

El analista e investigador en geopolítica y seguridad internacional, Freddy Rivera, reiteró que no hay un argumento sólido que justifique la premisa que plantea el presidente Daniel Noboa.

Rivera junto a su colega Diego Pontón realizaron una investigación hace tres años en la que concluyeron que durante el gobierno de Rafael Correa se aumentaron penas mediante reformas al COIP, pero aquello no se tradujo en menos delincuencia.

“(La consulta popular) para mi es punitivismo y populismo legal. Está pensando este joven (Daniel Noboa) más en su posible reelección, en su postulación, que en los verdaderos problemas que atraviesa el país. Políticamente me parece una tremenda irresponsabilidad. Al no haber una planificación y una agenda clara en materia de seguridad y de inteligencia estratégica, no sé a dónde vamos a llegar”,

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Para Cristian Carpio, docente de la Escuela de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales de la UDLA, el Gobierno no propone soluciones, sino que atiende a los reclamos ciudadanos de endurecer los castigos.

“Creo que el Gobierno más bien está más centrado en la aceptabilidad que puede tener la pregunta y no necesariamente para solucionar el problema. El objetivo principal de la consulta popular es político-electoral: asegurar que las preguntas sean aprobadas por la población y evitar la confrontación política”, opinó Carpio.

El docente observó, de manera general, que con la consulta popular Daniel Noboa busca dar a la población una “percepción de seguridad”, de que “algo se está haciendo”.

Si el cuestionario pasa el filtro de la Corte Constitucional, hay factores adicionales que podrían ser determinantes para lograr la aprobación en las urnas -que se verá como un termómetro de la aceptación del presidente-, los cuales tiene que ver con la violencia que ocurre a diario, incluso si vuelven los apagones de energía o si llega el fenómeno de El Niño y causa graves daños. (I)