Un informe técnico concluyó que la sentencia condenatoria contra C.A. EL UNIVERSO, sus directivos y el exeditor de Opinión, Emilio Palacio, en el juicio que por injurias calumniosas sigue el presidente Rafael Correa, no fue elaborada en la computadora del Juzgado de primer nivel, sino en otro equipo, y que luego fue copiada desde un dispositivo de memoria externa, como un pen drive, CD o disco duro externo.

Los resultados son parte del análisis que se hizo a la copia del disco duro del computador del Juzgado 15º de Garantías Penales del Guayas que tramitó la causa en primera instancia. La labor estuvo a cargo de un consultor privado contratado por la defensa de este Diario.

El procurador judicial, Joffre Campaña, divulgó ayer su contenido y manifestó que, aunque se trata de un informe preliminar, “nos lleva a conclusiones graves y espeluznantes”.

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Campaña repasó las siete conclusiones del documento: 1) que el archivo con la sentencia no fue creado en el computador del Juzgado 15º de Garantías Penales del Guayas, 2) que dicho archivo fue creado en un sistema operativo ilegal diferente al que posee el equipo de ese despacho, 3) que fue redactado en una versión de Microsoft Word (programa) distinta a la que está instalada en la máquina del Juzgado, 4) que el autor del archivo no es el usuario registrado en el computador, 5) que el único archivo del disco duro que tiene a un usuario diferente es el que creó la sentencia, 6) que una unidad de almacenamiento externo fue conectada a la máquina, y 7) que la creación de tal archivo se registró cuatro minutos después de que se cargara el dispositivo de memoria externa en mención.

El informe técnico estudió al usuario SIERRAO que halló en el disco local. Este alude a Oswaldo Sierra, juez titular del Juzgado 15º, quien en la primera instancia del juicio estaba suspendido en sus funciones y fue reemplazado por el juez Juan Paredes, quien dictó el fallo.

Entre los documentos que pertenecen al usuario SIERRAO consta uno llamado “CORREA 457-2011.doc”.

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Los números 457-2011 coinciden con la clasificación judicial asignada a la causa que se sigue contra este periódico.

Este archivo fue creado el 19 de julio del 2011 a las 23:13, es decir, el mismo día de la audiencia de primera instancia, y su autor es un usuario llamado “Chucky-Seven”.

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El análisis técnico refiere que la última vez que el documento “CORREA 457-2011.doc” fue modificado fue a las 17:43 del 20 de julio, o sea al día siguiente de su creación; y que antes de eso se lo imprimió a las 16:13 de ese mismo 20 de julio. El fallo de Paredes dice que él lo firmó a las 16:12 de ese día.

Uno de los aspectos que llamó la atención del perito es la constatación de que el archivo provenía de una unidad de almacenamiento externo.

El reporte indica que luego de revisar el historial, que es la ubicación donde quedan registradas las últimas actividades del equipo, se encontró que a las 23:09 del 19 de julio del 2011 ¬el día de la audiencia¬ se conectó a la máquina un dispositivo de memoria externa identificado como “SUPER (F)”.

“Un archivo llamado “CORREA 457-2011.doc” tiene registro de creación el 19 de julio del 2011, a las 23:13, es decir, cuatro minutos después de que se registrara el acceso a la unidad de almacenamiento externo”, concluye el informe.

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El estudio también sostiene que el único archivo creado por el autor “Chucky-Seven” en todo el disco duro, es el archivo “CORREA 457-2011.doc”.

Además se desprende que este documento fue creado en un equipo que usa una versión pirata del sistema operativo Windows ¬distinta a la que está instalada en la computadora del Juzgado 15º, y que la versión del programa Microsoft Word, donde fue redactado no coincide con la que está habilitada en la máquina del despacho.

El procurador judicial de C.A. EL UNIVERSO, Joffre Campaña, denunció ayer que todo esto evidencia “que alguien cargó un pen drive” con la sentencia ya hecha afuera del Juzgado.

Remarcó que si esto llega a comprobarse a través de un peritaje oficial, el fallo no tendría validez alguna, ya que se demostraría que fue producto de un hecho de corrupción.

Anunció que pedirá a la Fiscalía que realice tal investigación, tomando como antecedente este análisis técnico, y que además proceda a la incautación del computador del Juzgado 15º de lo Penal.

Espera que el estado de excepción declarado a la Función Judicial, por el Ejecutivo, no afecte el proceso, “salvo que rompan abiertamente la Constitución, se lleven las computadoras, destruyan eventualmente pruebas”.

Correa minimizó la prueba de Campaña. “Chucki Seven es un programa de Windows, hay gente que le encanta hacer el ridículo, en todo caso, Joffre Campaña es el abogado de Fabricio Correa y defiende que todos los contratos de él son legales y está demandando al Estado. De una persona que afirma cualquier cosa por unos cuantos dólares, va a decir cualquier cosa, entonces que siga haciendo el ridículo”, afirmó.

Casualidad o no: Los pasajes
El pedido de este Diario para clonar el disco duro del Juzgado 15º de Garantías Penales se basó en los artículos 87 y 92 de la Constitución.

El artículo 92 garantiza el derecho de las personas “a conocer de la existencia y a acceder a documentos... que sobre sí mismas o sobre sus bienes consten en entidades públicas... que consten en soporte material o electrónico”. Y añade que tendrán derecho también a “conocer el uso que se haga de ellos, su finalidad, el origen y el destino” de los datos.

El artículo 87 señala que podrán ordenarse medidas cautelares de acciones constitucionales de protección de derechos”. Su objetivo es “evitar o hacer cesar la violación o amenaza de violación de un derecho”.

La Ley Orgánica de Garantías Constitucionales indica que los jueces que conocen estos trámites se convierten en jueces constitucionales.