El Reglamento de Alojamiento en Inmuebles para Uso Turístico en Ecuador, excepto en Galápagos, dispuesto por el Ministerio de Turismo, genera inquietud de varios grupos, incluyendo una asociación de alojamientos temporales.

En dicho reglamento, el ministerio pretende regular las prestaciones de alojamiento, dispone una serie de obligaciones y derechos tanto para anfitriones como usuarios que usen este tipo de hospedajes que se concentran en plataformas digitales como Airbnb.

Por ello, esa plataforma internacional expresó su preocupación y calificó el reglamento como una medida ‘prohibitiva’ que podría impedir    que anfitriones ecuatorianos abran sus puertas para recibir huéspedes. “Siendo esta una medida prohibitiva que no tiene antecedentes en América Latina”, citó.

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Alojamientos con Airbnb

Gabriel Guzmán, presidente de la comunidad de alojamientos temporales, señaló que este reglamento afectaría a 10.000 unidades de hospedaje temporales tanto de habitaciones como casas y departamentos registrados en Airbnb.

A ello, Guzmán agregó que están a favor de regularizarse, pero mostró su oposición con varios puntos que limitan y perjudican su actividad como la regulación del alojamiento por uso de suelo, la aprobación de la asamblea de condominio para permitir que un anfitrión puede alojar a través de plataformas digitales y el pago del impuesto del uno por mil. Están prestos a seguir el diálogo.

Incluso, el político Guillermo Lasso resaltó que estas plataformas han abierto oportunidades de ingresos y de nuevas opciones de diversa calidad a los usuarios. Consideró que este reglamento busca “cargar de nuevos impuestos” y “más trabas burocráticas” a los dueños de propiedades.

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En tanto, el analista Pablo Lucio Paredes dijo que se debe trabajar con contratos libres, igual que cualquier alquiler de vivienda por cuartos o totalidad. “Dos puntos: deben pagar impuestos como los demás y obviamente condominios pueden decidir internamente si lo permiten o no”, refirió.

Al igual que Guzmán, Luis Ordóñez, administrador de una casa de huéspedes en el centro de Guayaquil, cree que los productos de alojamiento son distintos ya que sirven a mercados turísticos diferentes a los de grandes hoteles. Consideró que se deben buscar facilidades en la tramitología.

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La administradora de otro sitio de hospedaje consideró que la regularización es buena.

Asimismo, la ministra del ramo, Rosi Prado de Holguín, aclaró que analizan sugerencias y dijo que no se oponen a las plataformas. “Queremos más bien que las plataformas vean al Ecuador como un destino seguro donde ellos manden a sus turistas, a sus clientes, a estar bien, porque van a estar en un sitio que está absolutamente registrado y controlado por el ministerio y regulado”, citó.

La Superintendencia de Control del Poder de Mercado ya analiza el reglamento.

Puntos importantes del reglamento

  • Para prestar el servicio de alojamiento en inmuebles de uso turístico es obligatorio contar con el registro de turismo y la licencia única anual de funcionamiento
  • Propiedad horizontal: sin perjuicio de lo dispuesto en el presente reglamento, los inmuebles de uso turístico que se encuentren sometidos al régimen de propiedad horizontal deberán observar las disposiciones sobre la materia, incluidas las normas internos de copropiedad y deberán contar con los permisos respectivos.
  • Se prohíbe realizar actividades de intermediación, operación turística, transporte terrestre turístico, guianza turística, de forma directa o a través de enganchadores.
  • La Autoridad de Turismo contará con una herramienta digital para uso obligatorio para el registro del inmueble de uso turístico, en la que se hará constar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el reglamento.
  • No se podrá prestar el servicio de alojamiento en inmuebles para uso turístico, regulado por el presente reglamento, en Galápagos. (I)