Las cifras sobre denuncias de abuso sexual en el país son dispersas e incompletas. Este delito, tipificado en el artículo 170 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) vigente, se divide en tres tipos: abuso sexual como tal; cuando la víctima es menor de 14 años o con discapacidad, o cuando la persona no tiene capacidad para comprender el hecho, o no pueda resistirlo, o si la víctima sufre una lesión física o daño psicológico permanente o contraiga una infección grave; y cuando la víctima es menor de 6 años.

Según la Dirección de Política Criminal de la Fiscalía, entre el 2014 y el 2017 se reportaron 13.671 denuncias por abuso sexual; de ellos, 3.575 corresponden a las dos últimas figuras descritas en el texto.

La institución no tiene información sobre el estado procesal de estas causas. Pero el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) reseña que en el país el 15 % de abusos es denunciado, y “solo el 5 % es sancionado”, basándose en una encuesta elaborada en el 2014.

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Otros datos del Plan International por la niñez en Ecuador y el movimiento Ser Niña dan cuenta de que de cada 10 víctimas de abuso, 6 son niñas, niños y adolescentes. Y entre 1.500 y 2.000 niñas menores de 14 años han sido madres en los últimos cinco años, el 80 % producto de una violación.

Recientemente se multiplicaron las denuncias de abuso sexual en centros educativos de todo el país.

En medio de esta coyuntura se debate un llamado a una consulta popular de siete preguntas para reformar la Constitución. Una de ellas es si se está de acuerdo o no en que “nunca” prescriban los delitos de abuso sexual a los menores de edad.

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Vea también: Consulta popular: Pregunta 4, sobre delitos sexuales contra niños

Moreno propone viabilizar esto añadiendo un inciso en el artículo 46 de la Carta Política que determine que “las acciones y las penas por delitos contra la integridad sexual y reproductiva cuyas víctimas sean niñas, niños y adolescentes serán imprescriptibles”. De aprobarse, la Asamblea deberá reformar también el COIP.

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El defensor público, Ernesto Pazmiño, reconoce que este cambio pudo hacerse con reformas al COIP, pero incluirlo en el plebiscito demuestra “una actitud política de proteger a este sector vulnerable”.

Al momento, dijo, el delito vence en 10 años, por lo que la imprescriptibilidad hará que el abusador “pueda percatarse de que alguna vez la víctima denunciará” y de esa forma se evitaría la impunidad.

Desde el Legislativo, Silvia Salgado (AP-PSE), presidenta de la Comisión Ocasional Aampetra, llamada así por los 41 menores de edad abusados sexualmente en la Academia Aeronáutica Mayor Pedro Traversari, contó que en el proceso de investigación del caso ya disponen de estadísticas (no reveló) sobre el delito, por lo que alistan reformas a la Ley de Educación Intercultural, a la de Servicio Público y más reglamentos que permitan proteger a los niños.

Cree que la pregunta de la consulta ‘ayudará’ a evitar que este delito prescriba, por lo que su Mesa decidió “apoyar políticamente la consulta”. (I)

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