El artículo 29 de la Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, aprobado en marzo del 2011, establece el principio de ‘Voluntad Presunta’, es decir, todos los  ecuatorianos y extranjeros residentes en el país, mayores de 18 años, al fallecer serán considerados potenciales donantes a menos que en vida hubieran expresado su voluntad contraria.

La doctora Diana Almeida, directora del Organismo Nacional de Trasplante de Órganos y Tejidos (Ontot), revela que las cifras del Registro Civil dan cuenta que el 5% de personas que sacan la cédula muestran una voluntad negativa a la donación y el 95% ha aceptado ser donante.

“La gente ya empieza a hablar de este tema. El primer paso para acceder a la donación es que expresemos a nuestras familias que deseamos ser donantes”, menciona.

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En lo que va del 2012 ya se han realizado 209 trasplantes gracias a la solidaridad de los ecuatorianos.

“La ley es solidaridad. Muchos de los que esperan un órgano sano son niños pequeños que nacen con daños renales”, explica Almeida.

La doctora Candela Cevallos, coordinadora de la Unidad de Trasplantes del hospital Luis Vernaza, señala que la donación es el mayor acto de solidaridad, sin embargo, no todos podemos hacerlo.

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En el caso del corazón, el hígado o el riñón el donante debe haber fallecido, pero no en cualquier circunstancia, sino haber sido declarada la muerte encefálica  dentro de la Unidad de Cuidados Intensivos de un hospital en el que haya personal especializado para mantener el cadáver en condiciones óptimas.

Quien muere por un paro cardiaco o por enfermedad crónica puede donar los huesos, córneas o piel. Las personas con enfermedades infectocontagiosas como sífilis, toxoplasmosis, chagas, hepatitis o VIH no pueden donar.

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El 95% de personas que se acercan a sacar su cédula de identidad al Registro Civil confirman que desean donar. Solo el 5% se niega.