Varias organizaciones sociales como Acción Ecológica, Unión de Afectados y Afectadas por las Operaciones Petroleras de Texaco (Udapt), Alianza por los Derechos Humanos, Centro de Derechos Económicos y Sociales (CDES), Coordinadora Ecuatoriana de Organizaciones para la Defensa de la Naturaleza y el Medio Ambiente (Cedenma), entre otras, se han pronunciado por el no en la pregunta D del referéndum. El abogado de la Unión de Afectados por Chevron (Udapt), Pablo Fajardo, asegura que la iniciativa gubernamental, que plantea que el Estado reconozca el arbitraje internacional como método para solucionar controversias en materia de inversión, contractuales o comerciales, menoscaba la soberanía nacional y atenta contra los derechos de las comunidades indígenas, campesinas y de trabajadores.

¿Cuáles son los argumentos de la Udapt para votar no en este tema?

Por más de 30 años la Udapt ha liderado la acción judicial, privada, en contra de Chevron Corporation, antes Texaco, por el daño ambiental, social y cultural cometido por Chevron en la Amazonía ecuatoriana. Ganamos el juicio, cuatro sentencias favorables en el Ecuador, 16 jueces nos dieron la razón, pero Chevron por cuerda separada planteó un arbitraje internacional en contra del Estado (caso Chevron III). Chevron ganó el arbitraje. En el laudo arbitral, se ordena que el Estado anule nuestra sentencia, que el Estado impida que los demandantes podamos ejecutar la sentencia en otros Estados, que el Ecuador le pague a Chevron las costas judiciales y el daño a la imagen de la petrolera. Es evidente que el Estado no puede anular nuestra sentencia. Sin embargo, el caso Chevron refleja el abuso del arbitraje internacional. Demuestra cómo el sistema de arbitraje internacional se impondría por encima de los otros derechos que garantiza la Constitución. Los jueces perderían soberanía, porque si llegasen a fallar en contra de una empresa transnacional, esta plantearía un arbitraje y podría tirar abajo una sentencia. Es más, rompería por completo la seguridad jurídica en el Ecuador.

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De aprobarse la pregunta, ¿cuáles serían las principales consecuencias del retorno de los tratados bilaterales de inversión?

Varias. El Estado pierde soberanía para administrar justicia. Las comunidades indígenas, campesinas, trabajadores, quedaríamos expuestas, sin protección constitucional, frente a las acciones de las empresas transnacionales, ya que se desmantelaría todo el sistema de protección de derechos. De cada diez arbitrajes el Estado pierde siete por lo menos; y, a veces no es cosa de la defensa técnica, es el propio sistema que está hecho para que ganen las empresas. En el sistema de arbitraje los Estados no pueden demandar a las empresas, solo las empresas pueden demandar al Estado. Los derechos de los inversores prevalecerían sobre los derechos humanos. El Estado quedaría totalmente sometido al sistema de arbitraje internacional y, por ende, al criterio de las empresas transnacionales.

El presidente Noboa plantea sustituir el artículo 422 de la Constitución, ya que, según él, este “es un obstáculo a la inversión extranjera porque impide ofrecer a los inversionistas un entorno de seguridad jurídica como sí lo hacen otros países que mantienen tratados bilaterales de protección de inversiones y reglas de sujeción a los arbitrajes internacionales”. ¿Cómo se puede rebatir su visión?

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La visión del presidente Noboa parte de dos premisas superadas por el análisis de diversos organismos internacionales como Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) y Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (Unctad), así como de la academia. La primera: es posible afirmar que no hay un estudio serio que señale que la inversión extranjera directa (IED) es atraída por estos mecanismos. Lo que da seguridad a los inversionistas es que el país tenga un entorno económico y político saludable; en lo económico que haya condiciones productivas mínimas y esenciales como infraestructura y servicios públicos básicos que se presten regular y continuamente; en lo político que el Gobierno y sus funcionarios se muestren dispuestos a generar estas condiciones. La segunda: la mayoría de países “serios” están abandonando estos mecanismos, por ejemplo, Estados Unidos está retirando el arbitraje internacional de sus tratados como ocurrió con el Nafta 2.O. En conclusión, afirmamos que los arbitrajes no son sinónimo de inversiones y las principales potencias económicas del mundo están saliendo del sistema.

El Gobierno asegura que su planteamiento no menoscaba la soberanía nacional ni altera la estructura fundamental.

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Esto también es falso. Ya conté lo que pasa con el caso Chevron. Si llegase a ganar el sí, los jueces quedarían condicionados en el futuro y ningún juez se atrevería a condenar a una empresa que vulnere los derechos humanos. Si el juez condena a una empresa, esa empresa demandaría con un arbitraje al Estado, y con seguridad el Estado perdería el arbitraje. Luego el mismo Estado repetirá contra el juez o los jueces que hayan dictado sentencia contra la empresa. Así funcionaría esto. Entonces, si un juez sabe que podría ser condenado a pagar millones de dólares, ningún juez se atrevería a condenar a una empresa, sin importar el crimen que esta haya cometido. Los derechos del inversor se impondrían por completo a los derechos de las comunidades, trabajadores, pueblos y naturaleza. (I)