En mayo, la Defensoría del Pueblo terminará con la revisión técnica legislativa del proyecto de Ley de Procedimientos Eutanásicos en Ecuador. Y en julio se hará la entrega de la propuesta de normativa a la Asamblea Nacional.

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Fachada del edificio en donde funciona la Defensoría del Pueblo, entidad que elabora un proyecto de ley. Carlos Granja Medranda / EL UNIVERSO Foto: Carlos Granja Medranda

En febrero pasado, con siete votos afirmativos de nueve jueces, la Corte Constitucional (CC) dio paso a la demanda que presentó Paola Roldán, quien había pedido declarar la inconstitucionalidad condicionada del artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que se refiere al homicidio simple y se sanciona con prisión de entre diez y trece años.

La mujer padecía esclerosis lateral amiotrófica (ELA), un mal neuromotor que degenera paulatinamente los músculos del cuerpo de las personas e impide controlar el movimiento de las extremidades. Falleció en marzo.

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Para la aplicación del fallo, la CC dispuso que la Defensoría del Pueblo, en el plazo máximo de seis meses, contados desde la notificación de la sentencia, presente un proyecto de ley que regule los procedimientos eutanásicos. Está en construcción.

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Familiares de Paola Roldán recibieron una condecoración por parte del Municipio de Quito.

Dispuso al Ministerio de Salud Pública (MSP) que, en el plazo máximo de dos meses desde la notificación, expida un reglamento que regule el procedimiento para la aplicación de la eutanasia activa voluntaria y avoluntaria, a la luz de criterios técnicos y en observancia del fallo, normativa que tendrá vigencia hasta la aprobación de la ley respectiva. Fue publicado a inicios de abril.

Además dispuso que la Asamblea Nacional, en el plazo máximo, de doce meses contados desde la presentación del proyecto de ley, conozca, discuta y expida la ley que regule los procedimientos eutanásicos.

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La ley, según un comunicado de la Defensoría del Pueblo, debe contemplar criterios no solo jurídicos constitucionales para poner en práctica los procedimientos de eutanasia, sino que debe estar ligada a consideraciones de bioética y de salud mental, pues quienes padecen lesiones graves o enfermedades incurables también pueden enfrentar situaciones de ansiedad, depresión y psicosis.

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Según César Córdova, defensor del Pueblo (e), se realizan estudios con normativas similares.

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Desde que la CC notificó del fallo a esa entidad, se ha elaborado la propuesta del proyecto de ley, se ha hecho una revisión y socialización de la propuesta y se han receptado sugerencias.

Además se han sistematizado aportes y se ha redactado un segundo borrador y ha habido reuniones de trabajo para recoger criterios técnicos con delegados y representantes de instituciones públicas, academia, abogados que interpusieron la demanda en la Corte, colegios de médicos y juristas, así como organizaciones de la sociedad civil. (I)