Como parte de los “delitos económicos” y “contra el sistema financiero” se integran el Pánico Económico (art. 307) y el Pánico Financiero (art. 322). En ambos casos se busca castigar con cárcel de cinco a siete años a quienes “publiquen, difundan o divulguen” noticias falsas que generen daño a la economía o alarma a la población.