El pleno de la Corte Constitucional (CC) resolvió que ya no se exigirá la presentación del certificado de votación en los trámites dentro de la Función Judicial (Corte Nacional, cortes provinciales y juzgados), así como en la Fiscalía, en la Defensoría del Pueblo, en la Defensoría Pública y en la propia Corte Constitucional.

La resolución fue adoptada el 17 de abril de este año, pero recién fue suscrita por el presidente de la CC, Patricio Pazmiño, el 11 de junio pasado.

La disposición de que los órganos de justicia ya no exijan el documento de votación fue adoptada por los jueces de la CC tras analizar una demanda de inconstitucionalidad que fue presentada el 7 de mayo del 2010 por los abogados Héctor Yépez Martínez y Melchor Martínez Pino.

Publicidad

Estos profesionales objetaron la constitucionalidad de una resolución del Consejo Nacional Electoral (CNE) del 30 de marzo del 2010, que dispone que: “Las instituciones públicas y privadas exijan a las ciudadanas y ciudadanos, al presentar una solicitud ante esas instituciones, la exhibición del certificado de haber sufragado en las elecciones generales del 2009 o el documento que justifique la abstención o el que acredite haber cumplido la sanción impuesta”.

Según consta en la sentencia de la CC, los demandantes sustentaron que la resolución del CNE “viola al derecho a la tutela efectiva, y a la igualdad y universalidad en la prestación de servicios públicos”.

Respecto de la exigencia del certificado, los demandantes alegaron “que es inconstitucional que se exija el certificado de votación para presentar una demanda, comparecer a una audiencia, rendir una declaración o testimonio, puesto que este requerimiento, en la práctica en la Función Judicial, vulnera a la tutela judicial efectiva garantizada en el artículo 75 de la Constitución, en su vertiente de acceso a la justicia”.

Publicidad

Y agregaron que es inadmisible que a ese derecho se le imponga como requisito el haber sufragado o justificado la abstención puesto que “conllevaría que quien no tiene certificado de votación sería víctima de denegación de justicia”.

El organismo declaró la constitucionalidad de la resolución del CNE, pero condicionó su aplicación en lo relativo a la tutela judicial efectiva.

Publicidad

La CC aclaró que el papel de votación seguirá siendo exigido para trámites en el resto de instituciones públicas y privadas.