A través del sistema interamericano se han impulsado cambios en legislaciones y políticas públicas, pero organizaciones que trabajan en la defensa de los derechos humanos señalan que los procesos son largos: diez años en promedio, en la Comisión, y un año y medio en la Corte.

Fortaleza, Brasil, 1983. María da Penha duerme y del sueño despierta destrozada. Con el ruido de disparos abre los ojos. Tarda unos segundos en darse cuenta: las balas son para ella. Terminan en su espalda y destruyen, por completo, dos de sus vértebras.
 
Marco Antonio Heredia ¬el hombre con el que tuvo tres hijas y una historia llena de golpes¬ esta vez la mandaría al hospital durante meses y la dejaría en silla de ruedas. De por vida.

Él dijo que fue un ladrón y la Policía le creyó. A María le dieron el alta y Marco Antonio la encerró en casa. Ella tenía miedo, pero no quería que la acusaran por abandono de hogar y le quitaran a sus hijas. Los maltratos no pararon y, dos semanas después, su marido de nuevo intentaba matarla. Esta vez, trató de electrocutarla en la ducha.

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¿El castigo? Tres días en prisión y la apertura de una investigación. Una lenta porque, hasta 1998, todavía no había una decisión definitiva dentro del proceso y el agresor seguía libre. Fue entonces cuando María, que ya había dejado a su esposo, decidió contarle su historia a la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH).

En el 2001 este organismo internacional se pronunció a su favor y responsabilizó al Estado por la violación de sus derechos. En el 2002 ¬casi veinte años después del crimen¬ concluyó el proceso penal en su país y su agresor fue condenado. Lo mejor para ella, según dijo: la firma, cinco años después, de una ley contra la violencia de género. ¿Su nombre? María da Penha.

La CIDH había recomendado cambios en las políticas públicas y la elaboración de una legislación. El objetivo: que los estados eviten que los casos se repitan.

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Historias como estas también se dan con comunidades indígenas y el reconocimiento de sus derechos sobre tierras ancestrales, con mujeres que alcanzaron la igualdad en la administración de bienes dentro del matrimonio, con menores de edad que ya no son obligados a enrolarse al Ejército, con portadores del VIH para que pueden acceder a la salud en el sistema público...

Ha sido posible a través del Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH), que en América promueve y protege esos derechos ante posibles violaciones. Puede llegar a responsabilizar al Estado por acción, aquiescencia (consecuencia del consentimiento tácito del Estado o sus agentes) u omisión.

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Sus pilares son dos entes autónomos de la Organización de Estados Americanos (OEA), integrada por 35 países, entre ellos Ecuador. Uno, la CIDH, creada en 1959, con sede en Washington, que entre sus actividades está formular recomendaciones a los estados. Dos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), instalada en 1979, con base en San José de Costa Rica. Funciona como un órgano judicial que dicta fallos.

Este sistema, sin embargo, ha sido cuestionado por el Gobierno de Rafael Correa. Sus críticas se dieron luego de las observaciones de una de las ocho relatorías temáticas de la CIDH, la de Libertad de Expresión, y se profundizaron cuando el mandatario, como ciudadano, inició un juicio por injurias contra este Diario, tres directivos y el exeditor de Opinión, Emilio Palacio. El 24 de octubre, los demandados presentaron a la CIDH una solicitud de medidas cautelares (retirada tras la remisión de la pena) y una demanda.

El Gobierno, sin embargo, ha hecho uso de este sistema. El Estado demandó a Colombia por la muerte de Franklin Aisalla, en el bombardeo en Angostura. Se presentó la acción ante la CIDH el 11 de junio del 2009 y fue aceptada en mayo del 2010.

El sistema se fundamenta en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, de 1948, y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, aprobada en 1969 y que entró en vigor en 1978. Esta última, que dio paso a la creación de la Corte, ha sido ratificada solo por 24 países, entre ellos Ecuador. Quiere decir que la Corte solo puede conocer los casos de los países que ratificaron la Convención (salvo Dominica, Granada y Jamaica, que la ratificaron, pero no reconocieron esa competencia). Entre quienes no lo hicieron están Estados Unidos, Canadá, Cuba y otros.

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Sin embargo, la Comisión sí trabaja plenamente con todas las naciones de la OEA a través de la Declaración Americana.

Desde 1965 la CIDH puede recibir y procesar denuncias o peticiones sobre casos individuales. Desde entonces ha leído decenas de miles de historias que, hasta diciembre del 2011, se concretaron en 19.423 casos procesados o en procesamiento.

Para el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil, por sus siglas en inglés), una ONG que brinda asesoramiento y patrocinio jurídico gratuito a víctimas a través del derecho internacional, el sistema interamericano ha sido vital para romper ciclos de impunidad y cambiar políticas públicas. “Es el sistema de protección más desarrollado que existe en el mundo, más que el europeo”, opina la uruguaya Ariela Peralta, subdirectora ejecutiva de Cejil, con oficinas en Estados Unidos, Costa Rica, Brasil y Argentina.

En veinte años, Cejil ha participado en más de 300 peticiones y medidas de protección ante la Corte y Comisión, y ha representado a más de 13 mil víctimas. “El sistema interamericano cumplió un papel fundamental contra las dictaduras del Cono Sur, en quiebres democráticos y conflictos armados”.

Una vez que llega la petición, la CIDH decide si abre o no a trámite, con base en el cumplimiento de los requisitos. Uno de ellos: haber agotado los recursos judiciales en el país, a menos que, por ejemplo, exista un retraso injustificado. Si se abre a trámite, entra a la segunda etapa, la de admisibilidad, donde se notifica la petición al Estado y empieza un proceso de intercambio de informaciones y observaciones con ambas partes.

Si se declara admisible pasa a la tercera etapa, la de fondo, donde la CIDH concluye si hubo violaciones a los derechos humanos. Si hubo, hace recomendaciones al Estado, como la suspensión de los actos violatorios, la investigación y sanción de responsables, la reparación, cambios al ordenamiento legal.

Solo en los últimos diez años (2002-2011), la CIDH ha recibido 13.469 peticiones de toda América. Desde Ecuador, en un periodo de casi 20 años (1992-2010), llegaron 692. De los procesos de este país, la CIDH tiene 226 peticiones pendientes de estudio inicial (primera etapa), 90 peticiones en admisibilidad (segunda) y 55 casos en etapa de fondo (tercera). Las peticiones se llaman casos cuando ya hay un informe de admisibilidad. Hasta diciembre del año pasado, la Procuraduría registraba 180 casos en trámite en los órganos del sistema interamericano.

En el 2011, 14 peticiones de Ecuador se abrieron a trámite y se decidió no abrir 32. Ninguna de estas 46 peticiones llegó el año pasado. Debido al atraso procesal, si hoy se presenta una petición, esta recién será analizada en un par de años.

Aproximadamente el 80% de las peticiones que se analizan en la CIDH no se abren a trámite porque el organismo considera que no cumplen con los requisitos (el 85% o el 90% en algunos años). En el 2011, por ejemplo, la Comisión decidió no abrir a trámite el 75% del total analizado.

El trámite de una petición puede durar, al menos, cuatro años. Si la persona está condenada a muerte o se trata de una persona anciana privada de su libertad, se puede pedir que el caso “salte la cola” y se acelere.

Sin embargo, el proceso regular puede tomar cerca de una década o más. Solo en la CIDH. Si el Estado no acoge las recomendaciones, la Comisión puede mandar el caso a la Corte, cuyo trámite puede demorar aproximadamente un año y medio.

A organizaciones locales les preocupa esta demora. Fernando Gutiérrez, miembro del Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos y exdefensor del Pueblo, dice que, si bien la Comisión recibe casos incluso por correo electrónico, una ventaja para quienes tienen limitaciones para movilizarse, él cree que, en la práctica, “ha atendido los de gran relevancia en lugar de aquellos sencillos, presentados por ciudadanos”.

Uno de los principales problemas, coinciden las organizaciones internacionales, es la falta de personal ocasionada por el insuficiente presupuesto (poco más de $ 4 millones, un millón más que hace diez años). La CIDH cuenta con apenas 33 abogados, menos de uno por cada país.

El venezolano Pedro Nikken, expresidente de la Corte Interamericana, menciona como punto negativo que a los comisionados de la CIDH y a los jueces de la Corte se les paga “a destajo. “Lo ideal es que estén a tiempo completo, pero no. Se les paga por día trabajado y también tienen otras actividades”, señala.

Desde Washington, la peruana Katya Salazar, directora ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso Legal, dedicada a promover el estado de derecho, dice que las decisiones tomadas dentro del sistema interamericano son de obligatorio cumplimiento, aunque no se cuente con medidas coercitivas. “Por la legitimidad del sistema, muy pocos han dicho que no cumplen. Un estado que amenace con salirse de esta jurisdicción sería visto como paria”.

Las medidas cautelares funcionan de otra manera. Son para, en situaciones de urgencia, prevenir daños irreparables a las personas o al objeto del proceso. Se analizan en cuestión de días, pero tardan más cuando la CIDH pide más información.

En Ecuador hay casos emblemáticos dentro del sistema interamericano. Dos de ellos: por la desaparición de los hermanos Restrepo y la profesora Consuelo Benavides, durante el régimen de León Febres-Cordero. En ambos casos se lograron reparaciones económicas para los familiares de las víctimas.

También hay antecedentes en el otorgamiento de medidas cautelares. El año pasado, el 20 de junio, la CIDH otorgó estas medidas en favor de Nelson Serrano, un ecuatoriano condenado a muerte en Estados Unidos. En el 2007, a cinco integrantes de una familia y a los miembros de una organización de derechos humanos en la frontera con Colombia luego de ser víctimas de amenazas y persecuciones. El 10 de mayo del 2006, a favor de los pueblos Tagaeri y Taromenane, tras conocer que algunos habían sido asesinados en un conflicto por la tala.

El 22 de diciembre del 2005 da estas medidas a cuatro abogados y defensores de derechos humanos (entre ellos Pablo Fajardo, uno de los representantes de las comunidades en el caso Chevron) por hostigamientos.

El 24 de febrero del 2005 otorgó estas medidas, por haber recibido amenazas, a Orlando Pérez, Paco Velasco, Diego Guzmán, María Paula Romo, Antonio Ricaurte, Patricio Acosta y Blasco Peñaherrera Solah. Y el 26 de mayo solicitó la ampliación de las medidas a empleados de radio La Luna, de Velasco.

Una delegación visitará las comunidades sarayacu para obtener información dentro de la demanda que en el 2003 plantearon por afectaciones al permitir una operación petrolera.


19.423
Casos en la Comisión
Desde 1965 le han llegado decenas de miles de casos que, hasta el 2011, se concretaron en este número de casos procesados o en procesamiento.

371
Procesos de Ecuador
La Comisión tiene 226 peticiones pendientes de estudio inicial (primera etapa), 90 en admisibilidad (segunda) y 55 en etapa de fondo (tercera).

DOS CASOS EN EL PAÍS
Desapareció tras detención policial
Regresaba de madrugada a su casa, en el barrio La Tola, en el centro de Quito. El 24 del marzo del 2001, José Jaguaco Asimbaya, de 23 años, pasó cerca de un vehículo policial y un uniformado lo acusó de haber intentado robarle. Según la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (Cedhu), el policía agredió e intentó detener a Jaguaco, pero este huyó. Minutos después se encontró con unos amigos y les comentó lo sucedido. Al poco tiempo, en un patrullero, llegó el policía con dos más. Lo apresaron y dos días después apareció muerto en una quebrada del río Machángara. El caso fue tramitado por un tribunal policial, a pesar de que no era competente, según la Cedhu, que el 8 de marzo del 2005 presentó el caso a la Comisión. El 21 de junio del 2010 la Comisión admitió la demanda. Pero Luis Jaguaco, de 36 años, hermano de la víctima, dice que el Estado ha puesto trabas.

Ascenso militar le fue negado
José Mejía Idrovo inició su carrera militar a los 17 años. En el 2000, luego de seis años como coronel, se presentó al Consejo de Generales de la Fuerza Terrestre para su ascenso a general, pero le fue negado pese a que tenía la primera antigüedad. El 12 de marzo del 2002, el Tribunal Constitucional declaró la inconstitucionalidad de los decretos ejecutivos 1185 y 1680, ambos del 2001, mediante los cuales se dispuso su disponibilidad y baja. Dice que, como las autoridades ignoraron esta sentencia, en el 2002 presentó el caso ante la CIDH, que en marzo del 2009 emitió un informe que no fue cumplido por el Estado. Como la Constitución introdujo la acción por incumplimiento, presentó este recurso a la Corte Constitucional, que el 8 de octubre del 2009 resolvió su reincorporación, una reparación económica y el impulso de acciones judiciales para que se ejerza el derecho de repetición. El caso ya había pasado a la Corte Interamericana, que en julio del 2011 señaló que el Estado solo cumplió con reincorporarlo.