Luego de dos días de reuniones, los bloques legislativos junto a la Comisión ocasional de Comunicación y el presidente de la Asamblea Nacional, Fernando Cordero (PAIS), firmaron un acta de compromiso que ajusta los textos polémicos de la ley, especialmente las atribuciones del Consejo de Comunicación e Información.

Los asambleístas de todas las fuerzas se comprometieron a aprobar en dos debates un texto donde se determina la necesidad de crear un Consejo independiente del Gobierno y de los poderes fácticos, con facultades administrativas, pero que de ninguna manera podrá clausurar o suspender administrativamente ningún medio de comunicación.

Este texto fue el más polémico e incluso demoró el acuerdo por la posición de los oficialistas que apostaban a mantener la tesis de que el Consejo pueda suspender un medio, pero la oposición advirtió con archivar el proyecto.

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A las 11:50 de ayer, en medio de apretones de manos y abrazos, diez asambleístas que representan a PAIS, MG, PSP, Prian, AL, MPD, ADE, MCN y PRE, firmaron el acta y se comprometieron a sostener el acuerdo incluso ante un eventual veto parcial del Ejecutivo al articulado.

Lo firmado tiene siete puntos que comprenden la revisión de los textos desde el ámbito de la ley hasta las disposiciones transitorias respecto a la reversión de frecuencias. Se determina que la ley regulará los tres subsistemas incluidos en la Constitución, que son el público, privado y comunitario, desde un enfoque positivo.

Además, se refiere a la necesidad de que exista un Consejo de Comunicación e Información, pero con autonomía e independencia del Gobierno y de los poderes fácticos.

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Fernando Cordero afirmó que trabajará para que los 124 asambleístas aprueben la ley y de esa forma garantizar que si hay una objeción, el Legislativo volverá a insistir en lo aprobado inicialmente. Respecto a la conformación del Consejo, será la Comisión ocasional quien elabore los textos, pero tomando en consideración los criterios aprobados en el acta compromiso, afirmó Cordero.

A criterio de Cynthia Viteri (MG), ayer se obtuvieron grandes logros, como evitar la suspensión o el cierre de medios ni por un minuto, y no podrán ser  clausurados, pues tendrán que seguir las vías judiciales para cualquier tema.

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La presidenta de la Comisión ocasional, Betty Carrillo (PAIS), dijo que trabajará en conjunto con el Ejecutivo para que un eventual veto no se salga del acuerdo suscrito ayer.

Uno de los puntos que destacó Carrillo es que la nueva Ley de Comunicación propondrá reformas a la Ley de Control Constitucional, códigos Penal, Civil y de la Niñez y Adolescencia, para garantizar, promover y agilitar el ejercicio de los derechos de la comunicación.

Además, se comprometen a desarrollar la normativa para la prohibición de la concentración de medios, monopolios y oligopolios, y la democratización de la comunicación. También se acordó la reversión de aquellas frecuencias que fueron concesionadas de forma ilegal.

Sobre el registro de medios se determinó que este proceso será concebido como una medida para transparentar la información y se obliga a que el código de ética sea público.

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Siete puntos: Acuerdo entre bloques
PRIMERO: El ámbito de la Ley debe desarrollar las normas constitucionales establecidas en los artículos 16 al 20, 66 y 384 de la Constitución del Ecuador, en concordancia con los instrumentos internacionales suscritos por el país.

SEGUNDO: Se debe garantizar la libertad de expresión sin censura previa y con responsabilidad ulterior, conforme lo establece la Convención Americana de Derechos Humanos en el artículo 13, numerales 1 y 2. Los límites democráticos a la libertad de expresión deben darse exclusivamente en los ámbitos de protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, salud pública, defensa nacional y orden público, conforme a lo establecido en el artículo 13, numerales 4 y 5 de la Convención Americana de Derechos Humanos, así como lo dispuesto en el artículo 19 de la Constitución del Ecuador.

TERCERO: La Ley Orgánica de Comunicación debe regular los tres subsistemas establecidos en la Constitución que son el público, privado y comunitario; desde un enfoque positivo.

CUARTO: Se admite la necesidad de que exista un Consejo de Comunicación e Información autónomo e independiente del Gobierno y poderes fácticos. Sus funciones estarán orientadas a garantizar los derechos de los ciudadanos y fortalecer la comunicación; tendrá facultades de regulación administrativa: pero de ninguna manera podrá clausurar o suspender administrativamente ningún medio de comunicación. En los casos en que las sanciones explícitas en las leyes así lo determinen, iniciará las acciones ante la justicia constitucional y ordinaria.

QUINTO: La Ley Orgánica de Comunicación propondrá reformas a la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, Código Penal, Código Civil, Código de la Niñez y la Adolescencia, y otras normas  para garantizar, promover y agilitar el ejercicio de los derechos a la comunicación.

SEXTO: Se debe desarrollar la normativa en cuanto a prohibición de la concentración de medios, monopolios y oligopolios, y la democratización de la comunicación, así como regular la redistribución de las concesiones del espectro radioeléctrico en igualdad de condiciones entre los medios públicos, privados y comunitarios y el acceso a las tecnologías de la información y la comunicación.

El Estado revertirá y redistribuirá todas las frecuencias otorgadas mediante concesiones ilegales e ilegítimas, previo informe de las autoridades competentes.

SÉPTIMO: Debe existir un catastro o registro como una medida para transparentar y permitir el acceso a la información de los medios de comunicación, sin que, de ninguna manera, constituya una autorización de funcionamiento o su retiro impida el mismo.