César Rodríguez (PAIS) expresa que en el supuesto caso de que gane el Sí en el referéndum aprobatorio de la nueva Constitución, la aprobación de las leyes urgentes o pendientes empezará cuando se apruebe la Constitución; aunque, antes de la consulta, quienes queden a cargo de la tarea legislativa podrían preparar proyectos de ley.
En las transitorias se está poniendo plazo de un año para la aprobación de ocho leyes. ¿Cuándo empieza a correr ese plazo? Desde cuando se aprueba la Constitución.
Pero según los textos aprobados, algunas leyes deberían aprobarse a partir de la instalación de la Asamblea Nacional… Cuando la Constitución es aprobada todo entra en vigencia. Los plazos para operativizar orgánicamente la Ley Suprema que es la Constitución entran a correr a partir de ahí.
¿Antes del referéndum nada? Pueden preparar proyectos de ley para adelantar sobre eso.
¿Quiénes? Los asambleístas parte de esa comisión.
¿Los 130? Hay muchas opciones, de que sea una convocatoria a una comisión especial que tenga 55, 52, 40, 33, 39.
¿Las leyes para las que señala plazos de aprobación en la nueva Constitución podrían evacuarse antes de que se instale la nueva Asamblea (Congreso)? Sí, podría.
¿Cuánto tiempo llevaría la aprobación de cada ley? Se seguirían los tiempos de una aprobación ordinaria? El mandato que se tiene que establecer para operativizar eso tiene que tener aparejado el procesamiento de la Ley, porque de lo contrario no se va a hacer con el procedimiento ordinario y normal de Congreso, por ejemplo, la ley se demora un año.
¿Tiene que ser más ágil? Tiene que ser un proceso para la transición más expedito para operativizar lo prioritario.