Ha generado inquietud la advertencia del exvocal del Consejo Nacional Electoral (CNE) Fausto Camacho, expresada en Ecuavisa, respecto al cambio de reglas en el trámite de las actas de instalación y escrutinio de los votos, que se levantarán en las Juntas Receptoras del Voto (JRV) en las próximas elecciones. Modificación que según el entrevistado afectaría la transparencia electoral y su integralidad. No es la opinión de un improvisado y por ello la alarma.

Es que según lo señalado por el señor Camacho, los preceptos que se establecen en el Código de la Democracia no se cumplirán taxativamente, concretamente uno que determina la exhibición de un ejemplar del acta de escrutinio en la pared donde funcionará la Junta Receptora. Una resolución del CNE habría eliminado el tercer ejemplar, que la ley dispone fijar “en el lugar donde funcionó la junta receptora del voto”, para conocimiento público. Además, se dispone la apertura de uno de los sobres –el que contiene el segundo ejemplar del acta–, en un lugar no autorizado y sin las formalidades de seguridad en una audiencia pública, para efectuar el escaneo del documento. El exvocal recordó que el artículo 127 del Código de la Democracia (norma de derecho público que impide realizar algo distinto) dispone: “…El segundo ejemplar del acta de instalación y de escrutinio se entregará en sobre cerrado firmado por el Presidente y el Secretario de la Junta, directamente al coordinador designado, quien entregará de forma inmediata a la Junta Intermedia de Escrutinio o a la Junta Provincial Electoral, según el caso…”.

Es sensata la acusación del entrevistado, del incumplimiento de la norma que establece la existencia de tres ejemplares del acta de instalación y de escrutinio, pues cada ejemplar tiene un fin específico asignado por el legislador, que no puede ser variado en la Resolución del CNE jerárquicamente inferior y, por tanto, inconstitucional además de ilegal. Pero, por sobre todo, le resta transparencia y le suma opacidad a un proceso electoral que ya de por sí levanta dudas por la falta de certeza del padrón electoral en el que se han detectado irregularidades denunciadas con datos concretos.

El Consejo Nacional Electoral debe rectificar lo denunciado para recuperar algo de confianza. En cualquier país las elecciones deben ser libres, justas y transparentes. Cada voto es importante, como importante es la calidad del proceso electoral. Pero cuenta más la percepción ciudadana sobre el proceso. La finalidad del CNE “de agilitar los resultados” inmersa en la Resolución infractora, tiene un efecto inquietante en perjuicio del ente regulador y de la normalidad del proceso.

El CNE tiene la obligación de garantizar elecciones libres y transparentes, con una organización que asegure libertad, autenticidad y efectividad del sufragio, en una atmósfera de transparencia. Sin duda, el acoger las observaciones nacionales e internacionales determinará la respuesta a la aspiración de que se cumpla lo indicado.

El proceso electoral se ha iniciado con inquietudes y dudas sobre la imparcialidad del ente llamado a garantizar la equidad y la tranquilidad. Lo reseñado, incrementará la percepción ciudadana de que no tendremos elecciones libres ni transparentes en un país en el que “hasta los muertos votan” y el oficialismo se sirve impúdicamente de los recursos del Estado para el proselitismo. (O)