La inminente disolución de Fundamedios y la condena a ese hecho, expresada por relatores de la ONU y la OEA, vuelve oportuna la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) en el caso Granier y otros (RCTV) vs. Venezuela.

El Estado venezolano fue condenado por vulnerar la libre circulación de ideas y opiniones, cuando Hugo Chávez se negó a renovar la concesión de transmisión a RCTV (2007), uno de los medios más críticos del déspota gobernante. Algo conceptuado como retaliación, porque el canal se resistía a cambiar su línea editorial, sin embargo de que otras televisoras “mutaron” y claramente fueron “premiadas” con la renovación, ese mismo día.

La sentencia ordenó restablecerle la concesión a RCTV. No como una reparación a esa persona jurídica, sino a sus accionistas y trabajadores. También dispuso devolverle bienes indispensables para la operación de la concesión.

El caso fue presentado en la Corte por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Estimo que la sentencia provee interesantes conclusiones. Hay signos característicos del accionar antidemocrático e ilegítimo del chavismo, replicados en el caso de Fundamedios:

La CorteIDH estableció el contexto de un discurso oficial –expresado insistentemente– contra medios de comunicación privados –entre ellos RCTV– por “ser enemigos del gobierno”, “golpistas” y “fascistas” y de causarle “un gravísimo daño psicológico al pueblo venezolano”. Enrostra declaraciones oficiales –previas a la negativa de renovar la concesión–, anticipando la no renovación de las concesiones a los medios de comunicación que mantuvieran una postura contraria al gobierno. La CorteIDH comprobó el ‘ambiente de intimidación’ de altas autoridades estatales en contra de los medios de comunicación independientes y “un discurso proveniente de sectores oficialistas de descrédito profesional contra los periodistas”.

RCTV C.A. operaba una señal nacional de televisión desde 1953. Antes de su salida del aire tenía una altísima sintonía (80%).

En 2002 Chávez y otros funcionarios anticiparon que no renovarían las concesiones a algunos medios privados de comunicación, pero fue en diciembre de 2006 cuando se comunicó oficialmente a RCTV la no renovación de la concesión. A partir de ese momento fueron denegándosele con gran velocidad todos los recursos administrativos y judiciales que presentó el medio.

Para la CorteIDH esos actos implicaron desviación de poder. Las autoridades utilizaron la facultad estatal para forzar a RCTV a alinearse con el gobierno. Una decisión que habrían tomado antes del inicio del procedimiento administrativo. Sin duda, fue el castigo a la línea editorial crítica del medio, un entorno del “deterioro a la protección a la libertad de expresión”.

Esa desviación de poder impactó la libertad de expresión. Tanto de trabajadores y directivos de RCTV, como de la ciudadanía toda. Esta fue privada de la información de la línea editorial crítica de RCTV. Sin duda las autoridades buscaron acallar voces críticas, sin embargo de que son necesarias junto con el pluralismo, la tolerancia y el espíritu de apertura en un debate democrático y que justamente “(…) el derecho a la libertad de expresión busca proteger”.

La vulneración de la libertad de pensamiento y de expresión se efectuó con “…medios encaminados a impedir (…) la renovación de la concesión a un medio que expresaba voces críticas contra el gobierno”.

Similitudes oprobiosas envuelven al caso Fundamedios. (O)