El presidente de la República emitió un decreto que ordena el estado de excepción ante la amenaza de erupción del volcán Cotopaxi, que ya produjo algunas explosiones que ocasionaron la presencia de flujos piroclásticos.
El decreto se enmarca en el artículo 164 de la Constitución, pero llama la atención que no se sujete al principio de territorialidad que allí se señala, y se disponga que rija en todo el territorio nacional. También sorprende la disposición del empleo de la totalidad de los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional para que utilicen todos los medios a su alcance para enfrentar la emergencia, y no se mencione a organismos indispensables en estos casos, como Bomberos, Defensa Civil, colegios de Ingenieros Civiles y Cruz Roja.
La censura previa a los medios de comunicación marca una distancia con quienes deberían ser aliados naturales para ofrecer información a la ciudadanía, quizás, en este caso, más efectiva y rápida que el sistema de audio y video por suscripción propuesto, pues los ciudadanos tienen sus medios favoritos a los que le conceden credibilidad.
Para dar tranquilidad a la ciudadanía, quizás, es necesario explicar por qué el decreto se ha emitido con más urgencia que cuando la erupción del Tungurahua y por qué entonces fue solo para cuatro provincias del país. No hacerlo da lugar a conjeturas y desconfianza. (O)