Hasta la mañana del viernes, en el momento de escribir este artículo, no se conocía la decisión de la Corte Constitucional sobre los cambios propuestos por la bancada de Alianza PAIS. Por tanto, lo dicho aquí no se basa en un fallo que, si todo ha ido como estaba previsto, seguramente ya será conocido por los lectores este primer lunes de noviembre. Pero, ya que la política es un juego de posibilidades y la resolución que tome ese organismo será esencialmente política, es posible hacer algunas reflexiones al respecto.
Lo primero para tener en cuenta es precisamente ese carácter político de la decisión de la Corte. Aunque se la presente antecedida de una larga cadena de consideraciones técnicas, para nadie es un misterio que no se trata de un asunto exclusivamente jurídico. No se puede atribuir a sus integrantes una ingenuidad tan grande como para no prever el impacto político que tendrán sus acciones. Ellos deben saber, como lo sabe cualquier persona medianamente informada, que la calificación como enmienda o reforma en el caso de la reelección indefinida significará la continuación o la finalización del actual proceso. Por tanto, sería absurdo suponer que no han tomado en consideración un efecto de tal magnitud, que, dicho sea de paso, les afectará directamente ya que la permanencia en sus cargos o en otros a los que se les asigne más adelante depende directamente de ese factor.
En segundo lugar, siguiendo con los cálculos políticos, la Corte esgrimirá diversos tipos de argumentos para demostrar su independencia. Seguramente sostendrá que el tiempo que se ha tomado desde la recepción de la propuesta es una demostración de su autonomía. Pero, si se considera que para tramitar las impugnaciones a la Ley de Comunicación necesitó más de un año, se podría suponer que para los cambios en la Constitución podía haberse tomado ese tiempo y mucho más. Entonces, los casi cuatro meses utilizados para las sesudas deliberaciones vienen a ser un tiempo bastante corto. Por qué el apuro, sería la pregunta obvia. La respuesta es que en todo eso hubo cálculo cuidadoso para no alterar el calendario gubernamental y lograr que las reformas, especialmente la de la reelección, estén vigentes en las próximas elecciones.
En tercer lugar, al incluir entre los dieciocho cambios propuestos algunos que limitan derechos y otros que alteran la estructura del Estado, los impulsores del proyecto abrieron una amplia vía para la salida honrosa de la Corte. El trato diferenciado, identificando por lo menos tres tipos de cambios, evitaría la mala imagen que se derivaría de la aprobación en bloque de todos ellos. Es probable que a esta altura tengamos unos que van como enmiendas, otros que deberían procesarse por consulta y unos terceros que requerirían de una nueva constituyente. La reelección, que es la joya de la corona, iría, por supuesto, entre los primeros. Además, no sería de extrañar que en la resolución se incluya alguna observación sobre la imposibilidad de convocar a consulta mientras dure el procesamiento de las enmiendas. Todo es posible.