La Defensoría del Pueblo no ha evidenciado incidente alguno en el despliegue que se desarrolló al Centro de Privación de Libertad n.º 1, más conocido como cárcel de El Inca.

Esa fue una de las conclusiones de Miguel Ángel Chimborazo, delegado provincial de Pichincha de la Defensoría del Pueblo.

Esto porque el Bloque de Seguridad, que lo integran Policía Nacional y Fuerzas Armadas, ingresó la madrugada del viernes, 16 de febrero, de forma simultánea a cuatro cárceles en Carchi, Pastaza, Guayas y Quito.

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En el caso de la capital, fue a ese centro de privación de la libertad, que se ubica en el norte de la urbe.

El funcionario sostuvo que dentro del procedimiento efectuado por personal de Fuerzas Armadas no se evidenció incidente alguno que lleve a establecer “la presunción de vulneración de derechos” de las personas privadas de la libertad (PPL).

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El juez Manuel Peña, de Guayaquil, había dispuesto a la Defensoría del Pueblo que investigue supuestas acciones de tortura por parte de militares en varias cárceles del país en medio de la vigencia de un estado de excepción con toque de queda.

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Chimborazo mencionó que la delegación provincial de Pichincha de la Defensoría del Pueblo realizó una visita al Centro de Privación Provisional de Libertad Masculino Pichincha n.º 1 El Inca, en donde constató la forma en que personal de Fuerzas Armadas realizaba el control de los materiales que las PPL en el interior del CPL mantenían.

Otra conclusión es que los internos fueron evacuados de manera ordenada y trasladados al patio principal hasta que se efectuara la revisión del interior de los pabellones.

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Además de la requisa efectuada se encontró dentro de los pabellones —precisó— una serie de materiales prohibidos, los cuales fueron entregados a personal de la Policía Judicial para las acciones pertinentes.

Celulares, cargadores, relojes, armas blancas, cocinetas, ollas, herramientas y otros artículos prohibidos fueron encontrados en la requisa realizada en las celdas.

En una reunión previa, desde la Defensoría del Pueblo, sostuvo Chimborazo, se les conminó que el trabajo de Fuerzas Armadas debe enmarcarse en los procedimientos permitidos por la ley, con énfasis en el enfoque de derechos humanos, tomando en cuenta que las personas privadas de libertad forman parte del grupo de atención prioritaria acorde con el artículo 35 de la Constitución. (I)