Los siete vocales del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) y una funcionaria fueron sancionados por una jueza a pagar una multa progresiva diaria de la quinta parte de una remuneración básica, al determinar que se incumplió su sentencia para que avance el concurso para la elección del titular de la Defensoría Pública.

La jueza de la Unidad Judicial Penal del cantón Quevedo (Los Ríos), Jenny Freire Arias, concluyó que se incumplió su sentencia emitida en enero del 2023, en la que negó una acción de protección y ordenó que la comisión ciudadana, que lleva a cabo el concurso para la elección del defensor público, continúe.

Su disposición fue que ningún otro juez o autoridad administrativa realice cualquier acto ulterior para paralizar o suspender el normal desarrollo de esta elección e inadmitió una acción de protección para que se permita la participación de un candidato que no había cumplido con los requisitos legales y reglamentarios.

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En una providencia de este 25 de octubre del 2023, la magistrada concluyó que el CPCCS incumplió su fallo y ordenó al organismo y a la comisión ciudadana que en el término de 48 horas reanude el concurso público «dejando sin efecto cualquier acto o disposición que suspenda, retroceda o retarde el normal desarrollo».

Precisó que la elección debe retomarse desde la «fase más avanzada a la que se haya llegado», lo que sería desde el «examen práctico y la fase de impugnación».

Esto, porque a finales de marzo, rindieron el examen escrito más de una docena de postulantes, a quienes se les calificó también los méritos. Lo que resta por completar es la toma de un examen práctico y la impugnación ciudadana.

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La sanción para los siete vocales comprende una multa compulsiva progresiva y diaria de la quinta parte de una remuneración básica ($ 450) a partir de esta fecha (que sería desde el 25 de octubre) hasta la reanudación del concurso de méritos.

Dicha multa diaria ascendería a los $ 90.

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Se advirtió a los consejeros y servidores del CPCCS que se abstengan de realizar cualquier acción encaminada a retardar, suspender u obstaculizar el normal desarrollo y que, de mantenerse el incumplimiento del fallo, fijará medidas coercitivas.

El concurso se detuvo en abril pasado, cuando el pleno del anterior CPCCS que presidió la exconsejera, Gina Aguilar, cesó a los diez miembros de la comisión ciudadana al observarse anomalías en la organización.

El 9 de junio de 2023, el actual pleno del Consejo, principalizó a los comisionados suplentes, pero no han podido avanzar porque faltan tres de sus diez miembros, como son los delegados de las funciones Judicial, Electoral y Legislativa.

El pronunciamiento de la magistrada se da de forma paralela a que el Consejo de Participación Ciudadana resolvió plantear ante la Corte Constitucional (CC) una acción de incumplimiento de sentencia.

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El 25 de octubre, con cuatro votos afirmativos de los consejeros Andrés Fantoni, Mishelle Calvache, Juan Guarderas y Nicole Bonifaz se aprobó una resolución en la que se dispone presentar una acción de incumplimiento de sentencia a la CC, al considerar que hay dos fallos judiciales alrededor del concurso, en los que «uno manda y otro prohíbe», lo que configuraría una «antinomia» jurisdiccional.

Los consejeros Augusto Verduga y Johanna Verdezoto votaron en contra y Yadira Saltos se abstuvo.

La decisión se tomó porque existe un fallo que lo tramitó un tribunal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha que retrotrajo la elección de la autoridad a la etapa de admisibilidad para que inicie la revisión de los requisitos legales de 55 personas que se inscribieron en noviembre del 2022.

El tribunal declaró la nulidad de cuatro resoluciones tomadas por los comisionados cesados y quedaron quince concursantes en el proceso.

Otro recurso se tramitó en enero pasado por la jueza, Jenny Freire, en la que ordenó que ningún otro juez, autoridad administrativa o comisionado realice cualquier acto que paralice o suspenda el desarrollo de esta elección.

Freire argumentó que no existe una antinomia jurisprudencial entre las dos sentencias, porque la comisión ciudadana cumplió con lo resuelto por la Corte Provincial de Justicia y el Consejo de Participación Ciudadana principalizó a los comisionados suplentes para que avance el proceso. (I)