En avión y en medio de un operativo de vigilancia que incluyó elementos de la Policía, de las Fuerzas Armadas y del Grupo de Seguridad Penitenciaria es como se dio el traslado del exasambleísta del Partido Social Cristiano (PSC) Pablo Muentes desde el Centro de Privación de la Libertad (CPL) de Cotopaxi, en Latacunga, a la cárcel de máxima seguridad La Roca, ubicada en Guayaquil (Guayas).

El recorrido empezó en la etapa de Transitoria del CPL Cotopaxi la tarde del sábado 30 de marzo último, con un Muentes usando casco, chaleco antibalas y esposas. El exasambleísta socialcristiano es procesado en el caso Purga, causa en la que se lo acusa de ser uno de los líderes de una “estructura criminal” que se valió de acciones irregulares en el sistema de justicia del Guayas para hacerse de fallos que le convenían. En este caso son investigadas doce personas.

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Muentes fue trasladado inicialmente vía terrestre al aeropuerto internacional Cotopaxi y desde ahí fue llevado vía aérea hasta el CPL de Manabí, donde permaneció el resto de la tarde y noche del sábado último. Desde esa cárcel, ya en la madrugada de este domingo, 31 de marzo, el exlegislador, nuevamente vía aérea, fue llevado hasta La Roca, en Guayaquil.

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Las medidas de seguridad se extremaron, ya sea en el aire como en la tierra. En una tanqueta de las Fuerzas Armadas, la cual era escoltada por varios patrulleros policiales, se dieron los traslados terrestres que incluyen agentes de las tres ramas de seguridad acompañando a Muentes al interior del vehículo.

Pablo Muentes, procesado en el caso Purga, fue trasladado a La Roca, en Guayaquil, la madrugada del 31 de marzo del 2024. Foto: Cortesía

El cambio de cárcel de Muentes se dio a dos días de que una procesada en el caso Metástasis, Mayra Salazar, habló en su testimonio anticipado de que el exlegislador socialcristiano se había adjudicado de forma irregular tierras en la provincia del Guayas, ejercía control sobre la justicia de esa provincia y manejaba a la mayoría en el Consejo de la Judicatura (CJ) presidido por Wilman Terán.

El proceso penal por delincuencia organizada contra Muentes y once personas más arrancó el 5 de marzo pasado y se dictaron 90 días de instrucción fiscal. La investigación del caso Purga se desprende de hallazgos hechos en el caso Metástasis, específicamente pericias al teléfono de Mayra Salazar, comunicadora institucional de la Corte de Justicia del Guayas que de momento hace parte del Programa de Víctimas y Testigos de la Fiscalía.

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Los procesados en el caso Purga fueron detenidos en un operativo en el que se dieron 43 allanamientos en Guayaquil y Samborondón, provincia del Guayas, la madrugada del 4 de marzo último. Uno de los allanamientos también alcanzó a la provincia de Pichincha. El 21 de marzo pasado, Pablo Muentes y su primo Fausto A. solicitaron al juez de la Corte Nacional Javier de la Cadena revise las órdenes de prisión preventiva impuestas. La diligencia ya se dio y están a la espera de una resolución.

Luego de analizar un total de 119 elementos de convicción presentados y los argumentos expuestos durante la audiencia de formulación de cargos, el juez De la Cadena dispuso prisión preventiva para Muentes; Fabiola Gallardo, expresidenta de la Corte del Guayas; los jueces Johann M., Nelson P., Lino R., Henry T. y Guillermo V.; además de Ruth S. y Fausto A. Para el juez Reinaldo Cevallos se dictó arresto domiciliario, mientras que para Mónica A., esposa de Muentes, y Saúl M., presentación periódica una vez por semana y prohibición de salida del país.

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Pablo Muentes, procesado en el caso Purga, fue trasladado a La Roca, en Guayaquil, la madrugada del 31 de marzo del 2024. Foto: Cortesía

El artículo 369 del vigente Código Orgánico Integral Penal explica sobre la delincuencia organizada que la persona que mediante acuerdo o concertación forme un grupo estructurado de tres o más personas que, de manera permanente o reiterada, financien de cualquier forma, ejerzan el mando o dirección o planifiquen las actividades de una organización delictiva, con el propósito de cometer uno o más delitos sancionados con pena de cárcel de más de cinco años, que tenga como objetivo final la obtención de beneficios económicos u otros de orden material, será sancionada con pena privativa de libertad de siete a diez años.

Los demás colaboradores serán sancionados con pena de cárcel de cinco a siete años; mientras que la pena de prisión será de diez a trece años si la delincuencia organizada tiene como propósito cometer delitos de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, terrorismo, actividad ilícita de recursos mineros, sicariato, secuestro, trata de personas y tráfico de migrantes, pornografía infantil, tráfico ilícito de armas de fuego, armas químicas, nucleares o biológicas o lavado de activos. En este caso, los colaboradores serán sancionados con pena privativa de libertad de siete a diez años. (I)