Este 21 de abril los ecuatorianos deberán retornar a las urna, para participar en la consulta popular y referéndum planteado por el presidente Daniel Noboa Azín. El voto es obligatorio para los ciudadanos mayores de 18 años y facultativo para los adolescentes desde los 16 años en Ecuador.

Según el CNE, el padrón electoral se encuentra actualizado hasta el 22 de enero de 2024, por lo que el lugar de votación podría ser diferente al de las anteriores elecciones.

Desde el pasado 8 de marzo, la plataforma muestra la provincia, cantón, parroquia y zona en la que el ciudadano deberá sufragar. Además, se especifica el recinto electoral y la el número de mesa al que se debe dirigir. También si un ciudadano es miembro de alguna de las juntas receptoras del voto.

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Dónde consultar el lugar de votación

Hay tres maneras para consultar la junta receptora del voto donde le corresponde votar:

  1. Entrar al sitio web del CNE (www.cne.gob.ec)
  2. En la App del CNE (bajar en el celular)
  3. En el teléfono del CNE: 02 3815841 (de lunes a domingo)

Registro Civil que atenderán con horario extendido ante el referéndum y la consulta popular del 21 de abril

Así puedes consultar tu lugar de votación en la web:

  • Ingresa al portal del CNE.
  • Digita tu número de cédula.
  • Ingresa tu fecha de nacimiento de acuerdo al formato establecido y valida que no es un robot.
  • Haz clic en “Consulta” y te saldrá la información sobre tu recinto electoral, además de si eres designado miembro de mesa.

Todas las multas electorales acumulables

  • Multa por no votar: $ 46 (10 % del SBU).
  • Por no asistir a las capacitaciones del CNE como miembro de la junta receptora del voto: $ 46 (10 % del SBU).
  • Multa por no cumplir como miembro de la junta receptora del voto: $ 69 (15 % SBU).
  • Por abandonar funciones como miembro de la junta receptora del voto: $ 4.600 a $ 9.200 (10 a 20 SBU).

Calendario electoral de la consulta popular y referéndum

  • Desde el 7 de marzo de 2024 se realiza campaña electoral hasta el 18 de abril de 2024.
  • Jueves 18 de abril de 2024: sufragio de las personas privadas de libertad, sin sentencia condenatoria ejecutoriada.
  • Viernes 19 de abril de 2024: silencio electoral hasta el 21 de abril de 2024.
  • Viernes 19 de abril de 2024: jornada de voto en casa.
  • Publicación de resultados oficiales: 5 de junio de 2024.

Para esta elección, el sufragio se llevará a cabo el 21 de abril a partir de las 07:00 hasta las 17:00 y, a partir de las 09:00 hasta las 19:00, del mismo día, en el exterior conforme el huso horario de cada país.

Para confirmar su identidad y ejercer el voto, se puede presentar cualquiera de los siguientes documentos:

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  • Cédula de identidad original
  • Pasaporte

El CNE aclaró que se puede votar con esos documentos aunque estén caducados.

Preguntas de la consulta popular y referéndum

De consulta popular:

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  • ¿Está usted de acuerdo con que las Fuerzas Armadas realicen control de armas, municiones, explosivos y accesorios, permanentemente, en las rutas, caminos, vías y corredores autorizados para el ingreso a los centros de rehabilitación social?
  • ¿Está usted de acuerdo con que se incrementen las penas de los delitos de (I) terrorismo y su financiación, (II) producción y tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, (III) delincuencia organizada, (IV) asesinato, (V) sicariato, (VI) trata de personas, (VII) secuestro extorsivo, (VIII) tráfico de armas, (IX) lavado de activos y (X) actividad ilícita de recursos mineros, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme el Anexo de la pregunta?
  • ¿Está usted de acuerdo con que las personas privadas de la libertad cumplan la totalidad de su pena dentro del centro de rehabilitación social en los delitos detallados en el Anexo de la pregunta, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme consta en el referido Anexo?
  • ¿Está usted de acuerdo con que se tipifique el delito de tenencia o porte de armas, municiones o componentes que son de uso privativo de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional, sin afectar a las armas de fuego permitidas para uso civil, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme el Anexo de la pregunta?
  • ¿Está usted de acuerdo con que las armas, sus partes o piezas, explosivos, municiones o accesorios que fueron instrumentos u objeto material de un delito, puedan destinarse al uso inmediato de la Policía Nacional o las Fuerzas Armadas, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme el Anexo de la pregunta?
  • ¿Está usted de acuerdo con que el Estado proceda a ser el titular (propietario) de los bienes de origen ilícito o injustificado, simplificando el procedimiento de la Ley Orgánica de Extinción de Dominio, conforme el Anexo de la pregunta?

De referéndum:

  • ¿Está usted de acuerdo con que se permita el apoyo complementario de las Fuerzas Armadas en las funciones de la Policía Nacional para combatir el crimen organizado, reformando parcialmente la constitución de conformidad con lo previsto en el anexo 1
  • ¿Está usted de acuerdo con permitir la extradición de ecuatorianos, con las condiciones, requisitos, restricciones e impedimentos establecidos en la Constitución, los instrumentos internacionales y en la Ley, enmendando la Constitución y reformando las leyes, conforme el Anexo 1?
  • ¿Está usted de acuerdo con el establecimiento de judicaturas especializadas en materia constitucional, tanto en primera como en segunda instancia, para el conocimiento de las garantías jurisdiccionales que les corresponda, enmendando la Constitución y reformando la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, de acuerdo con el Anexo 2?
  • ¿Está usted de acuerdo con que el Estado ecuatoriano reconozca el arbitraje internacional como método para solucionar controversias en materia de inversión, contractuales o comerciales?
  • ¿Está usted de acuerdo con enmendar la Constitución de la República y reformar el Código del Trabajo para el contrato de trabajo a plazo fijo y por horas, cuando se celebre por primera vez entre el mismo empleador y trabajador, sin afectar los derechos adquiridos de los trabajadores, de acuerdo con el Anexo 4? (I)