Juan Miguel Avilés, director regional de la zona 8 (Guayas) del SRI, habla de la viabilidad de eliminar cargas tributarias como pide el sector empresarial dentro del Consejo Consultivo Productivo Tributario.

¿Cuáles son estos impuestos que los empresarios piden eliminar?

Es el Anticipo del Impuesto a la Renta y el Impuesto a la Salida de Divisas, porque para muchos empresarios son aquellos que afectan más a la actividad productiva...

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¿Se tomarán en cuenta todas las sugerencias?

Se toman las iniciativas, pero hay que considerar que el Código Orgánico de Planificación de Finanzas Públicas señala que toda medida que afecte la recaudación de impuesto tiene que ser compensada en la misma norma de manera que se garantice la sostenibilidad del Presupuesto General del Estado, por lo tanto una vez que se valore cuáles son las medidas que mejor contribuyen con el objetivo de la política económica y una vez medido el impacto... se establecerán cuáles podrían ser los mecanismos para compensar esa caída en la recaudación.

¿Y frente a los pedidos, que ha propuesto el SRI?

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Algunos de los temas que se están evaluando es que los incentivos deberían ser focalizados, temporales, y con mecanismos de seguimiento y de establecer condicionantes (...) para que generen efectivamente una mejora en la inversión, compras de activos productivos, importación de maquinarias y equipos, generación de empleos, que reactive la actividad productiva y genere esa recaudación adicional.

¿Es técnicamente viable eliminar el anticipo del IR?

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El Anticipo del Impuesto a la Renta generó en 2016 $ 330 millones, eliminarlo sería grave (...), hay una recaudación del anticipo que se da en aquellas empresas que tienen pérdidas y justamente para ese segmento fue que se lo diseñó, para evitar que las empresas oculten pagos de impuestos y paguen por lo menos el impuesto mínimo...

¿Y qué alternativas se evalúan para este pedido?

Solo de eliminar el anticipo, el costo es muy elevado; el otro es reformular la fórmula del cálculo del anticipo...

¿Se habla de volver a la fórmula anterior, cuál es la diferencia?

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La fórmula anterior era 50% del impuesto a la renta causado menos retenciones, pero si usted no tenía utilidad no tenía causado, no pagaba anticipo. La fórmula actual es un porcentaje de los activos, pasivos, patrimonio, costos y gastos, por ende, usted puede no haber tenido ganancia, pero como tiene activos en su actividad productiva le sale un impuesto a pagar, entonces hay empresas que pueden declarar pérdidas e igual pagan el anticipo.

¿Cuando el Consejo entregue la propuesta al presidente Moreno, también se entregarán los mecanismos para compensar la recaudación?

No, eso será posterior. El SRI va a aportar con la metodología técnica para establecer el impacto de las medidas (...), pero al final la decisión la toma el presidente. (I)