El pleno de la Asamblea debatirá en segunda instancia el proyecto de Ley Orgánica de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos que incluye una reforma al Código Orgánico Integral Penal referente a personas jurídicas “fantasmas” residentes en Ecuador o el exterior.
La Comisión de Régimen Económico de la Asamblea aprobó el informe para segundo debate con la aclaración de que se trata de una reforma integral a la ley y que se le da la categoría de orgánica.
El documento fue aprobado esta semana por unanimidad en la mesa con diez votos, incluidos Ramiro Aguilar (independiente) y Franco Romero (MG-PSC). La iniciativa legislativa la tuvo el presidente Rafael Correa en noviembre.
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Una de las propuestas del Ejecutivo era que la Unidad de Análisis Financiero (UAF) fuera adscrita al Ministerio del Interior, pero la Comisión decidió adscribirla al Ministerio Coordinador de la Política Económica, tras escuchar el rechazo del fiscal Galo Chiriboga y del procurador Diego García, entre otros, a la idea original.
Con la ley que está por fenecer, la UAF estaba a cargo del Consejo Contra el Lavado de Activos, que era presidido por el procurador del Estado.
Entre los cambios a la regulación contra el lavado, los asambleístas agregaron que la UAF también sea de análisis económico para ampliar el espectro de sujetos obligados a entregar información, quedando sus siglas como UAFE, y subió el plazo para que las instituciones financieras y de seguros reporten las operaciones inusuales e injustificadas a la Unidad de dos a cuatro días.
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Se autoriza a la UAFE para que, por resolución, pueda incorporar nuevos sujetos obligados a entregar información, así como solicitar información adicional, se otorga la facultad sancionadora administrativa al director de la UAFE, se extiende a diez años el sigilo sobre las informaciones que conocieran sus funcionarios una vez que salgan del cargo.
Virgilio Hernández (AP), presidente de la mesa, ratificó que es una nueva ley, se fortalece a la UAFE y atribuciones de su director, se establecen procedimientos sancionatorios.
Aguilar sostuvo que esta normativa es técnica, que hasta el momento no existen razones para votar en contra, que contiene una reforma al Código Orgánico Integral Penal: a quienes usen como testaferros para la evasión tributaria a personas naturales o jurídicas o a quienes usen compañías offshore para la defraudación tributaria, en el articulado se denomina como “personas jurídicas fantasmas”.(I)
















