Las empresas que deseen acogerse a la nueva jornada reducida de 30 horas, que se plantea en el proyecto de Ley de Optimización de la Jornada Laboral y Seguro de Desempleo, presentado el miércoles pasado por el Ejecutivo en la Asamblea, deberán demostrar que sus ganancias “han disminuido” ante el Ministerio del Trabajo.

Esta es una de las seis condiciones del nuevo esquema de reducción de jornada que podrá extenderse por seis meses, prorrogables por una sola vez, según el artículo 3 del proyecto de ley que será tratado por la Comisión de los Trabajadores.

También están, entre otras, que el empleador solo podrá repartir utilidades a sus accionistas si paga la jornada completa de ocho horas diarias; y que el salario se pagará de forma proporcional a lo laborado.

Publicidad

Desde el sector empresarial ya surgieron críticas a algunos puntos de la propuesta.

Roberto Aspiazu, director ejecutivo del Comité Empresarial Ecuatoriano (CEE), dijo ayer que les preocupa la disposición de la ley referida al pago de utilidades.

Consideró que este punto podría “dejar en letra muerta la propuesta”, pues no sería atractiva para los empleadores la reducción de la jornada para luego pagar dos horas más que el trabajador no cumplió.

Publicidad

Pablo Arosemena, presidente de la Federación de Cámaras de Comercio del Ecuador, señaló que las medidas planteadas son solo “parches”, ya que el problema de fondo es que la economía “está deprimida”.

La dirigencia sindical crítica del régimen también se opone a la propuesta de reformas.

Publicidad

Así, Víctor Cruz, presidente de la Coordinadora Unitaria de Trabajadores y de Organizaciones Populares de Pichincha (Cutocop), opinó que “la flexibilización de jornada de trabajo descargará la crisis del Estado en el pueblo ecuatoriano”.

Consideró que la canasta básica está en $ 670 mensuales y que con una reducción de jornada, el trabajador recibirá menores recursos para poder acceder a ella. Y reclamó que si se llegara a aprobar la jornada prolongada, que también consta en el proyecto de ley (40 horas en cuatro días, por ejemplo), el empleado ya no podrá optar por horas extras que le ayudaban a redondear su ingreso.

Para el abogado laboralista Joaquín Viteri, el proyecto contradice los artículos 327 y 328 de la Constitución. En ellos, dice el jurista, se garantiza que no haya trabajo por horas y que el pago del salario básico será general y obligatorio.

Además, consideró que si un trabajador debe laborar 10 horas al día, las ocho primeras deberían ser pagadas con la remuneración normal, pero las dos extras, deberían pagarse como extraordinarias, es decir con un 50% de recargo.

Publicidad

Para hoy, a las 10:00, está prevista una movilización por parte de varias organizaciones sociales en la Corte Constitucional (CC), para protestar por la falta de atención a las demandas de inconstitucionalidad a la Ley de Justicia Laboral de abril pasado y para pedir el archivo del proyecto de ley recientemente presentado. (I)