La primera disposición transitoria del proyecto de Ley de Recursos Hídricos dispone que 360 días después de publicada la normativa en el Registro Oficial la Autoridad Única del Agua revise las concesiones de derechos de uso y aprovechamiento de aguas en las cuencas, otorgadas con la ley anterior.

El trabajo de revisar la situación de acceso al agua de riego, para reorganizar el otorgamiento de las concesiones y evitar el abuso y las inequidades en las tarifas de uso, así como garantizar una distribución más equitativa, es un mandato que el Ejecutivo debía cumplir en el plazo de dos años a partir de la vigencia de la actual Constitución, según la vigésima séptima transitoria. Con la primera transitoria de esta nueva ley se recuerda su cumplimiento.

“Todas las que se llamaban concesiones, hoy autorizaciones, tienen que ser nuevamente revisadas porque hay problemas de acaparamiento serios, me parece que son 1.700 concesiones de un total de 70.000 que controlan el 72% de caudales”, dijo Miguel Carvajal (AP), presidente de la Comisión de Soberanía Alimentaria, en una entrevista radial.

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Sumados a esos 360 días, la ley da 180 días más a la Autoridad para que resuelva los expedientes individualizados para la cancelación, modificación o caducidad de las autorizaciones o concesiones.

Estos son dos de al menos una docena de plazos que impone la Ley de Aguas para la regulación del sector.

A la oposición le preocupa un plazo en particular: el que consta en la disposición undécima. El texto de esta disposición dice que, en un plazo de hasta dos años contados a partir de la publicación de la ley, la Autoridad realizará un inventario de las juntas de agua potable y alcantarillado y juntas de riego para evaluar su funcionamiento técnico y financiero, así como el cumplimiento de los servicios prestados a sus miembros.

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La disposición fue calificada como “peligrosa y excesiva” por el legislador Luis Fernando Torres (PSC-Cambio).

En tanto, en el plazo de un año prorrogable por un año más, las autorizaciones y concesiones otorgadas antes de la vigencia de la ley se sustituirán por autorizaciones, y los usos informales ocurridos antes de esta normativa se podrán regularizar de forma excepcional.

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Sobre los gobiernos autónomos descentralizados (GAD), la ley señala que implementarán sistemas para el abastecimiento de agua potable, de modo que, en el plazo previsto en el Plan Nacional del Buen Vivir, quede garantizado el acceso total de la población.

Además, la Autoridad en coordinación con los GAD, usuarios y organizaciones de usuarios realizará el inventario nacional de aguas superficiales en un plazo de hasta dos años y, en un plazo de hasta cinco, de las aguas subterráneas por cuencas hidrográficas.

30
días tiene el ejecutivo para sancionar o vetar la ley.

Rafael Correa dice que el Estado debe administrar el agua, pero un secretario impuesto por la Presidencia no es el representante del Estado”.Salvador Quishpe, prefecto de Zamora Chinchipe