La Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom) sancionó administrativamente al canal de televisión Ecuavisa y al presentador del programa de entrevistas Contacto Directo, Alfredo Pinoargote, por discriminación.

Basándose en un informe del Consejo de Regulación de la Información y Comunicación, la Supercom resolvió que, tanto el canal como Pinoargote, incurrieron en una falta del artículo 62 de la Ley Orgánica de Comunicación.

Dicho artículo señala que "está prohibida la difusión, a través de todo medio de comunicación social, de contenidos discriminatorios que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales. Se prohíbe también la difusión de mensajes a través de los medios de comunicación que constituyan apología de la discriminación e incitación a la realización de prácticas o actos violentos basados en algún tipo de mensaje discriminatorio".

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Por ello, la Supercom señaló que Ecuavisa y el presentador deberán difundir en el mismo espacio (Contacto Directo), en un plazo de 72 horas una disculpa con el pueblo afroecuatoriano y con la colectividad de diversa orientación sexual, "por los comentarios discriminatorios por razones de etnia y orientación sexual, emitidos el 7 de enero de 2014".

Ese día, Pinoargote, en su espacio de entrevistas, señaló: "La libertad de expresión tiene su máxima expresión, valga la redundancia... pero hay un ambiente o un sistema de restricción a esa libertad, por ejemplo ya no se le puede decir a los gays maricas, a los afros no se les puede decir negros, a los ladrones no se les puede decir ladrones...". 

Por esta afirmación, el canal deberá además publicar su disculpa en la primera interfaz de su portal web por un plazo no menor a siete días consecutivos.

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