Ecuador tuvo un revés judicial en la Corte de Miami, Florida (en Estados Unidos). Allá entabló un juicio, en abril del 2009, en contra de los hermanos Roberto y William Isaías Dassum, exdueños del cerrado Filanbanco, y por el cual Ecuador pretendía incautar otras de sus empresas en ese país.

John W. Thorton, juez del décimo primer circuito judicial para el condado de Miami Dade (Florida), en una sentencia que puede ser apelada por Ecuador, consideró inejecutable el pedido de este país, que se basaba en al artículo 29 de la Ley de Instituciones Financieras del Ecuador.

Para que pudiera ser ejecutable haría falta que existiera una sentencia en contra de los hermanos Isaías, por el artículo 29, lo cual no existe. “Sin una sentencia que determine responsabilidades ejecutables bajo la legislación de Estados Unidos, cualquier intento de Ecuador de incautar propiedad de los demandados en EE.UU. sería inconsistente con las leyes y normativas de EE.UU.”, según consta en el documento traducido al que tuvo acceso este Diario.

Publicidad

Por otra parte, según el juez, Ecuador eliminó la posibilidad que tenían los demandados de impugnar la Resolución 1084 de la desaparecida Agencia de Garantía de Depósitos (AGD) o la responsabilidad del artículo 2940, al promulgar el artículo 2 del Mandato 13.

Dicho artículo indica que la resolución de incautación de junio del 2008, “no es susceptible de acción de amparo constitucional u otra de carácter especial, y si de hecho se hubiere interpuesto, será inmediatamente archivada, sin que se pueda suspender o impedir el cumplimiento de la referida resolución”.

También advierte a los jueces o magistrados que avocaren conocimiento de cualquier clase de acción constitucional, deberán inadmitirlas, bajo pena de destitución.

Publicidad

Para el juez dicho artículo “configuró una violación de varios de los más fundamentales pilares de las leyes y normativas de EE.UU., incluyendo el debido proceso, revisión judicial y la independencia de la Función Judicial para actuar con justicia e imparcialidad”.

El juez indica que los demandados “pueden haber cometido los actos que el Ecuador alega”. El problema es que “la forma en la que Ecuador ha intentado corregir los supuestos errores de los demandados es inconsistente con las normativas y leyes de EE.UU.”.

Publicidad

El juez indica que en este caso se aplica la “doctrina de los actos de Estado”, por la cual la capacidad de acción se ve significativamente reducida cuando un extranjero soberano busca ejecutar este acto de estado fuera de sus fronteras. “Si un extranjero soberano trata de incautar propiedades en los EE.UU., nuestra jurisdicción controla el hecho pues el extranjero soberano está actuado fuera de sus facultades de ejecución”.

El pronunciamiento del juez también incluye un relato de los hechos desde 1998 cuando Ecuador nacionalizó Filanbanco y lo introdujo en un programa de reestructuración bajo la AGD para solucionar lo que los reguladores creían eran problemas de liquidez.

Explica la sentencia que poco después de que Filanbanco entró en el programa de restructuración, los reguladores establecieron que Filanbanco estaba insolvente, pese a que los documentos financieros señalaban lo contrario.

De acuerdo con el documento, desde la presentación de la demanda, la AGD ha embargado cerca de $ 400 millones en activos de los demandados en Ecuador.

Publicidad

La familia Isaías Dassum confirmó la noticia, pero no emitió comentarios al respecto en Ecuador.