La prueba de ADN, como se la llama comúnmente, sirve para la identificación humana. El ADN, que es la molécula responsable de la herencia, es único en cada persona y se encuentra en todas las células del cuerpo. Por medio de su estudio es posible llegar a identificar a una persona a partir de indicios biológicos muy pequeños, invisibles al ojo humano.

Por eso, es útil para establecer filiaciones y otras relaciones familiares, por ejemplo paternidades, maternidades, relación biológica de abuelos-nietos, medio hermanos, tíos-sobrinos, etc., explica el bioanalista Aníbal Gaviria, especialista en Ciencias Forenses y director del laboratorio de genética molecular de Cruz Roja Ecuatoriana.

En este laboratorio, la probabilidad de paternidad mínima en un resultado es del 99,99%.

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“Este tipo de estudios se pueden realizar de manera voluntaria o judicial mediante la solicitud de un juez”, afirma el especialista y presidente de la Sociedad Ecuatoriana de Genética Humana.

Por otro lado, el Dr. Galo Monroy, médico inmunólogo y responsable del área de genética y diagnóstico molecular del Laboratorio clínico Inmunolab, detalla que este tipo de estudio sirve además para diagnosticar enfermedades. “En nuestro laboratorio la mayoría de casos que se solicitan, son para pruebas de paternidad”, refiere.

No obstante, las pruebas vínculo biológico con otros familiares son también solicitadas, pero con menor frecuencia, comenta. En otros casos y en laboratorios especializados para el área de criminalística, las pruebas forenses son las más solicitadas.

Procedimientos

En cuanto al procedimiento técnico científico del examen de ADN, existen varios procedimientos, al igual que numerosos marcadores y genes que se pueden estudiar. Sin embargo, la mayoría de los laboratorios ofrecen dos opciones, expresa Monroy.

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La primera es la toma de una muestra de sangre por medio de una venopunción y la segunda es la toma de una muestra de células bucales mediante un hisopado. Para ello se utiliza un hisopo (cotonete) estéril preferiblemente de un material especial para este propósito y se lo frota varias veces contra la mejilla en el interior de la boca.

Ambos métodos de toma de muestra contienen material genético de buena cantidad y calidad. Sin embargo, el laboratorio indicará ciertas observaciones como por ejemplo en casos de bebés que son amamantados no deberán haber lactado en las últimas dos horas previas a la toma de muestra; pues su boca puede contener células provenientes de la madre y dificultar la obtención de un perfil genético propio del bebé.

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De igual manera, una persona que ha recibido una transfusión sanguínea o trasplante de médula ósea recientemente, puede contener en su circulación sanguínea células del donante y no propias. “En estos casos recomendamos avisar al laboratorio”, sugiere Monroy.

El Dr. Gaviria detalla finalmente que el estudio de las muestras se realiza mediante la técnica de PCR (Reacción en Cadena de la Polimerasa) y se amplifican al menos 20 marcadores genéticos llamados STRs, que son muy variables y proporcionan el perfil genético individual de cada paciente.

Los perfiles se comparan y los resultados pueden establecer la Exclusión del parentesco o su No exclusión. “En el último caso el resultado se informa en términos de probabilidad de parentesco con un porcentaje igual o mayor a 99,99% y un índice de parentesco”.

Condiciones para el examen

  • Para este examen no es necesario estar en ayunas o ninguna condición especial. Este examen se puede realizar a personas de todas las edades, incluyendo neonatos.
  • La ley ecuatoriana prohíbe realizar estudios innecesarios que pudieran afectar al niño no nacido, por lo que no se realizan estudios cuando las criaturas aún no han nacido.
  • En el laboratorio, por ética profesional, tampoco se procesan muestras anónimas, es decir, que no hayan sido tomadas por un funcionario del mismo y sin el conocimiento de quien se realiza esta clase de estudio.
  • Las personas menores de edad pueden participar en el examen siempre que un representante legal lo autorice, por ejemplo, si el presunto padre requiere el estudio de paternidad y ha reconocido legalmente a un menor de edad, no hay impedimento para realizar el estudio sin la presencia de la madre.